Campo de Gibraltar

Condenado un guardia civil por espiar para dos bandas de narcos

El cargamento de cocaína incautado en 2015.

El cargamento de cocaína incautado en 2015. / e.s.

La Audiencia Nacional ha condenado a entre 9 y 15 años de cárcel a cinco narcos que intentaron introducir en España -a través del Puerto de Algeciras- 157 kilos de cocaína. Se servían de un guardia civil que les facilitó información sobre un agente infiltrado que supuestamente iba a ayudarles en la operación, lo que le ha acarreado dos años de prisión.

Es precisamente la actuación de este agente infiltrado "la prueba de cargo más importante" que ha permitido a la sección segunda de lo Penal condenar por un delito contra la salud pública a los cinco integrantes de dos redes de narcotráfico asentadas desde 2015 en España y que trataban de sobornar a agentes de la Guardia Civil para que les ayudasen a meter la droga en el país.

La mayor pena, 15 años de prisión, ha recaído en Gustavo G., el líder de una de las organizaciones, mientras que los jueces no han podido acreditar que dos de los acusados, Luis A.G. y Luis J.L., hayan participado en los hechos a pesar de los muchos indicios recabados contra ellos.

No obstante, el tribunal condenó a este último a 2 años de cárcel por un delito de tenencia ilícita de armas. Es la misma pena a la que fue condenado el guardia civil, que reveló datos confidenciales sobre el agente encubierto, y que también fue condenado a 5 años de inhabilitación.

La sentencia considera probado cómo, tras contactar por primera vez con el agente encubierto en febrero de 2015, Jesús Diego. R. (condenado a 11 años) y Gustavo G., alias el Gordo, le dieron 3.000 euros "como pago por adelantado" para que facilitase la introducción de cocaína oculta en una partida de plátanos, si bien posteriormente modificaron el plan y sería escondida en un contenedor procedente de Ecuador.

Según la versión del agente encubierto en el juicio, a la que el tribunal da credibilidad, la organización le ofreció además 300.000 euros si la operación triunfaba.

Fue entonces cuando entró en escena el agente condenado, José N., que, a petición de los narcotraficantes, consultó varias veces en las bases de datos del instituto armado la identidad del agente encubierto para confirmar que realmente era guardia civil.

Para la Sala, este agente utilizó la base de datos con "fines espurios" y "solo el hecho de que no se haya acreditado la relación con la organización y sus responsables (...) ha evitado la acusación y una hipotética condena" por un delito contra la salud pública.

Pese a los aparentes avances de la organización liderada por el Gordo, la Guardia Civil se incautó el 27 de mayo de 2015 del alijo que tenían previsto introducir en Algeciras, 157,6 kilos de cocaína envueltos en tres paquetes ocultos en un contenedor por un valor de 12 millones de euros, lo que causó "tensiones" en la organización.

Aún así, prosigue la sentencia, los acusados reiteraron su interés por seguir trabajando con el agente infiltrado y sugirieron más envíos de hachís desde Tánger (Marruecos) o desde Colombia, una operación a cargo de María M.A., alias La Señora o La Madre, de la que no se ha podido acreditar que fuese líder de la otra red de narcotráfico, como sostenía la Fiscalía.

Ya en septiembre de 2015 y tras el extravío de un contenedor que iba a transportar 305 kilos de cocaína, la organización propuso al agente infiltrado el envío de 150 kilos de cocaína "al que podrían sumarse 50 más", una operación también a cargo de La Señora, que llegó a desplazarse a Miami y a Colombia para ultimar los detalles. Según la versión del agente infiltrado, la organización del Gordo le ofreció 500.000 euros por ayudar a introducir 140 kilogramos de droga procedente de Colombia a través del método del gancho perdido, que consiste en la utilización de una ruta comercial legal para el transporte de la droga. Pese a las peticiones de nulidad de las comunicaciones intervenidas entre el agente encubierto y los acusados o las denuncias contra el agente encubierto, planteadas por las defensas, la sentencia considera que se han respetado todos los derechos y que se ha demostrado su culpabilidad en unos hechos "muy graves".

No así en el caso de dos de ellos, Luis A.V.. y Luis J.L, a quienes se ha ubicado de manera "coherente" en diferentes reuniones con el agente infiltrado e incluso hay alguna fotografía que lo acredita, si bien no pueden considerar que la identificación fuese "plenamente satisfactoria" ni que estén implicados "de forma idónea" para poder condenarles.

"No nos cabe duda del racional esfuerzo policial llevado a cabo, así como por el Ministerio Fiscal", señala la Sala, que afirma que todos los indicios "podrían apuntar en el mismo sentido", si bien "no es suficiente como para superar la duda existente".

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