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Medio millón de autónomos comienzan a cotizar para cobrar el paro

  • Se abre un plazo excepcional hasta el 6 de febrero de 2011 para que los autónomos que ahora no cotizan por accidente de trabajo y enfermedad profesional puedan hacerlo para beneficiarse de la nueva prestación

El pasado 6 de noviembre entró en vigor la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. Se crea también un periodo también de tres meses, con carácter excepcional, para que los autónomos que actualmente no cotizan por accidente de trabajo y enfermedad profesional puedan hacerlo, para así beneficiarse de la nueva prestación. Este plazo excepcional concluye el 6 de febrero de 2011.

 

Según informan la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) y la Federación Nacional de Asociaciones de trabajadores autónomos (ATA) en un comunicado, se trata de una prestación voluntaria, excepto para los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE) y para los que tributan en actividades de riesgo, en cuyo caso la cotización es obligatoria.

Así, a todos los autónomos que tengan cubiertas las contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), se les aplica de forma automática la nueva prestación de paro, incrementándose su cotización un 1,7%, lo que se traduce en un aumento de la cuota mensual de 15 euros de media.

 

Cuando el autónomo con estas coberturas se vea obligado a cesar su actividad podrá solicitar una prestación equivalente al 70% de su base de cotización, que le cubre también la cotización por contingencias comunes.

 

Para tener derecho a la prestación el autónomo deberá haber cotizado por cese de actividad durante un periodo mínimo de doce meses y estar al corriente de sus cotizaciones, pudiendo llegar a percibir aquélla hasta un máximo de doce meses, cuando hubiese cotizado un mínimo de 48 meses con anterioridad.

El Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo e Inmigración, elaborará varios Reales Decretos para el desarrollo de la Ley con el fin de crear el Fondo de Reserva del Sistema, ordenar el modelo de solicitud y tramitación y regular el acceso de los trabajadores que provienen del Sistema Especial Agrario, así como la articulación de los fondos (1% del total) destinados a la formación y reorientación de los autónomos afectados por el cese de actividad y que sean beneficiarios del Sistema.

Esta protección va dirigida a los 3.100.000 autónomos que hay en España, aunque dado su carácter voluntario, ATA espera que en el primer año se alcance en torno al millón de nuevos cotizantes por la prestación.

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