Narcotráfico

La Fiscalía Antidroga niega que flaquease en la investigación del blanqueo de capitales

  • José Ramón Noreña sostiene que se utilizan datos sacados de contexto

José Ramón Noreña, Fiscal de la sala Jefe de la Fiscalía Antidroga

José Ramón Noreña, Fiscal de la sala Jefe de la Fiscalía Antidroga

José Ramón Noreña, Fiscal de la sala Jefe de la Fiscalía Antidroga, ha salido al paso de las informaciones que aseguran que el refuerzo de la fiscalía Antidroga, con especial incidencia en el Campo de Gibraltar, fue consecuencia de supuestas "deficiencias" a la hora de detectar el blanqueo de capitales.

Noreña, que calificó de "ilegal" la designación del fiscal de Sala del Tribunal Supremo Javier Zaragoza como refuerzo de la Fiscalía Especial Antidroga para el Campo de Gibraltar. ha emitido este domingo un comunicado en el que niega esos hechos y que reza así:

Se ha publicado en algún medio de comunicación una noticia, que, bajo el epígrafe “las deficiencias en la detección del blanqueo llevaron a la fiscal general a reforzar Antidroga”, atribuyen a esta Fiscalía Especial una auténtica dejación de funciones en la investigación y persecución del blanqueo de capitales, sobre la base de un dato, sacado de contexto, la diferencia de procesos incoados en 2019 por los Juzgados Centrales de Instrucción por blanqueo de capitales, frente a los incoados por tráfico de drogas, acompañando incluso un cuadro extraído de la Memoria de esta Fiscalía.

La fuente que ha suministrado esa información omite, sin embargo, datos que son relevantes para conocer la realidad del trabajo de esta Fiscalía Especial, y que se considera deben ser conocidos por la ciudadanía:

1º: La Audiencia Nacional carece de competencias propias para investigar y juzgar delitos de blanqueo de capitales que no estén directamente vinculados a un tráfico de drogas competencia de dicha Audiencia –artículo 65 LOPJ-, por lo que no es factible tratar de que asuman aquellas investigaciones si no concurre tal conexión. 

2º: La estadística publicada no tiene en cuenta que toda investigación por tráfico de drogas contra organizaciones o grupos criminales incluye una investigación patrimonial por blanqueo, que, si se sigue en el mismo procedimiento, éste se registra como tráfico de drogas y no como blanqueo aunque este delito quede incluido en la investigación.

3º: Por otra parte, la persecución del tráfico de drogas y la ampliación de supuestos de decomiso de bienes, efectos, instrumentos y ganancias de todo tipo permite en muchos casos instar el decomiso de todos ellos sin necesidad de abrir un procedimiento por blanqueo de capitales.

4º: En todo caso, esta Fiscalía Especial, y circunscribiéndonos al ámbito territorial de la bahía de Algeciras y Costa del Sol, ha incoado en los años 2018 y  2019 al menos 18 diligencias de investigación por tráfico de drogas, blanqueo de capitales, o ambos delitos. Y en la Fiscalía de Área de Algeciras, se incoaron al menos 30 diligencias de investigación o procesos judiciales por blanqueo en 2018, 55 en 2019 y otras 55 en 2020, lo que demuestra que esta Fiscalía despliega una importante actividad en la investigación del blanqueo de capitales –que no se circunscribe al ámbito territorial indicado-, cuyos resultados, teniendo en cuenta la complejidad de estas investigaciones, se comprobará a medio plazo.

5º: Aparte de lo que se ha dicho acerca de la limitada competencia de la Audiencia Nacional en la persecución del blanqueo de capitales, no parece que la misma esté en condiciones de asumir más investigaciones, teniendo en cuenta los complejos procesos que asume, y de los que se hace eco constante la prensa, de modo que la atribución de esta competencia –que exigiría una reforma legal- no parece un instrumento adecuado para solucionar el problema planteado.

6º: Finalmente, no parece que la designación de un único Fiscal, con competencias coincidentes, al menos parcialmente, con las de esta Fiscalía, sea un refuerzo suficiente de las denunciadas –e inveraces- “insuficiencias” de esta Fiscalía.

7º: En definitiva, y aun con las deficiencias de plantilla que pudieran observarse tanto en el órgano central como en el Área de Algeciras –para las que, en todo caso, se adoptaron diversas medidas a lo largo del año 2019, con resultados satisfactorios-, de las que los correspondientes Fiscales Jefes no somos responsables, se está dando una respuesta adecuada a las investigaciones por blanqueo de capitales, no sólo de aquella zona, sino de toda España.

7º: Por otra parte debe tenerse en cuenta que las competencias de esta Fiscalía Especial para coordinar las actuaciones de las distintas Fiscalías, en orden a la prevención y represión del tráfico ilegal de drogas y el blanqueo de capitales relacionado con dicho tráfico se extienden a todo el territorio nacional y a todo tipo de actividades, lo que ha supuesto un auténtico plan estratégico que, a lo largo de los años, se ha plasmado en las siguientes actuaciones:

a): La lucha contra las actividades de distribución de los llamados “clubes cannábicos”, acompañados de investigaciones patrimoniales, que han generado una jurisprudencia que niega que en ellos concurran los requisitos para aplicar la doctrina del llamado “consumo compartido” o la extensión del concepto al denominado “cultivo compartido”.

b): La lucha contra la progresiva proliferación de las plantaciones de cannabis en toda España y de las ganancias obtenidas con las mismas, que generan problemas conexos de actividad delictiva y aumento de la violencia, con propuestas que incluyen la conveniencia de que se declare la fiscalización de toda la planta, medidas para el manejo y destrucción de los alijos, acusaciones por defraudaciones de fluido eléctrico, trata de seres humanos y otros delitos conexos, etc.

c): El mantenimiento de la lucha contra organizaciones criminales tradicionales (incluso “históricas"), la detención e investigación de nuevas organizaciones, que, como se ha ido indicando, se han implantado o están implantándose en amplias zonas del territorio nacional, no sólo de la Bahía de Algeciras.

d): La constatación de que en la zona de la Bahía de Algeciras coinciden geográficamente dos realidades de tráfico de drogas diferentes, y, en principio, no conectadas entre sí: el tráfico de cocaína a través del puerto, y el de hachís, este último con organizaciones centradas en dicha zona y que sólo en ocasiones excepcionales han extendido su ámbito de actuación a otras provincias, de modo que, en este último caso, permitan afirmar la competencia de la Audiencia Nacional. 

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