Sentencia de la Manada

La Audiencia de Navarra fija para el día 26 la vista para decidir sobre el ingreso en prisión de la Manada

  • La nueva fecha se produce tras la petición del abogado Agustín Martínez de suspender la vista, prevista inicialmente para mañana, al tener otros compromisos profesionales fijados con anterioridad

Tres miembros de la Manada salen de la cárcel de Navarra, el pasado mes de junio.

Tres miembros de la Manada salen de la cárcel de Navarra, el pasado mes de junio. / Villar López / EFE

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha fijado finalmente para el próximo 26 de diciembre la vista prevista inicialmente para mañana para deliberar y decidir sobre la petición de ingreso en prisión de los cinco jóvenes sevillanos que integran la Manada, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) haya confirmado la condena de nueve años de prisión por un delito continuados de abusos sexuales con prevalimiento a una joven de 18 años en los Sanfermines de 2016.

Fuentes del Alto Tribunal navarro han confirmado la suspensión de la vista prevista para mañana y su traslado al 26 de diciembre, tras la petición realizada por el abogado Agustín Martínez Becerra, que representa a cuatro de los cinco acusados, para aplazar esta vistilla debido a que no puede comparecer a la misma por otros compromisos profesionales, dado que en estos días está interviniendo en otro juicio fijado con anterioridad, en concreto, sobre el presunto amaño de unas oposiciones de la Policía Local de Sevilla. 

Agustín Martínez, abogado de cuatro de los miembros de 'la Manada'. Agustín Martínez,  abogado de cuatro de los miembros de 'la Manada'.

Agustín Martínez, abogado de cuatro de los miembros de 'la Manada'. / efe

En una providencia, el tribunal había decidido  que los cinco acusados comparecieran mañana jueves ante el tribunal en una videoconferencia desde los juzgados de Sevilla, y tras esa vista, el mismo tribunal que en su momento acordó la puesta en libertad de los jóvenes pese a la condena, resolvería sobre si mantenía su criterio y la Manada sigue en libertad mientras se resuelven los recursos de casación anunciados ante el Tribunal Supremo

La Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra solicitó la semana pasada el ingreso en prisión de los cinco jóvenes sevillanos que integran la Manada,después de que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) confirmara la condena por un delito continuado de abusos sexuales con prevalimiento.

El Ministerio Público había solicitado en concreto la celebración de la comparecencia que prevé el artículo 539 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, en relación con el artículo 505 del mismo texto legal, al entender, entre otros argumentos, que "una vez confirmada la condena a nueve años de prisión, la no modificación de los hechos portados por el TSJ al resolver el recurso de apelación, y las especiales características del recurso de casación, hacen necesario asegurar el cumplimiento de dicha condena a nueve años de prisión evitando la posibilidad de que los penados se sustraigan a la acción de la Justicia, haciendo ilusoria la condena".

La Fiscalía navarra anunció igualmente que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremopara que se eleve la condena de los cinco acusados, al seguir manteniendo que los hechos "son constitutivos de un delito continuado de agresión sexual y no sólo de abusos sexuales".

En un comunicado, el fiscal superior de la comunidad foral de Navarra, José A. Sánchez Sánchez-Villares, recuerda que éste era el criterio que mantenía en el recurso de apelación resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y que, destaca la Fiscalía, "ha sido acogido en el voto particular manifestado por dos de los cinco magistrados componentes de la Sala", entre ellos el presidente del Alto Tribunal, Joaquín Galve.

Estos dos magistrados del voto particular estiman que habría que condenar a los cinco procesados por un delito continuado de agresión sexual, al apreciar la existencia de intimidación, a sendas penas de 14 años, 3 meses y un día. A uno de los cinco acusados, el guardia civil Antonio Miguel Guerrero, le consideran, además, responsable de un delito de robo con intimidación, por el que deberían imponerle 2 años más de prisión en lugar de los 900 euros de multa fijados por la Audiencia, por un delito leve de hurto, por quitarle el móvil a la denunciante

El argumento principal de estos magistrados consiste en considerar que la Manada tendió "una encerrona" a la víctima, teniendo en cuenta la "prácticamente nula posibilidad de ésta de huir y/o escapar".

La sentencia mantiene, por unanimidad, que las relaciones sexuales enjuiciadas fueron llevadas a cabo por los procesados sin el libre consentimiento de la víctima, cuyo testimonio es tildado de "coherente, persistente en la incriminaciónseguro y convincente", ya que las afirmaciones de la joven han sido "corroboradas con evidencias recogidas en una prueba externa profusa y suficiente".

Dicen los jueces además que los vídeos que grabaron los jóvenes de la Manada muestran según la sentencia del Tribunal Superior de Navarra dos cosas: la "pasividad doliente" de la joven, de un lado, y el "abusivo comportamiento" de los cinco acusados, de otro.

El voto mayoritario de tres de los cinco magistrados que ha confirmado el fallo no ha agravado la pena porque estima que los hechos enjuiciados no constituyen un delito de agresión sexual, porque no aprecia ni violencia ni intimidación en los hechos.

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