Federación Andaluza de Golf

Votos falsos en las elecciones al golf andaluz

  • La Fiscalía pide 22 meses de cárcel a cuatro acusados por las elecciones de 2013

  • Se admitieron votos de personas que no lo hicieron y de un fallecido

Urna en un proceso electoral en 2019

Urna en un proceso electoral en 2019

El juez de instrucción 7 de Sevilla ha incoado procedimiento contra cuatro personas acusadas de un presunto delito de falsedad documental en las elecciones de la Real Federación Andaluza de Golf celebradas el 23 de noviembre de 2013.

Las elecciones tuvieron lugar en las oficinas de la Federación en Málaga pero la presunta falsedad se cometió en los votos emitidos por vía notarial desde dos notarías de Sevilla y Marchena.

Según el auto judicial al que tuvo acceso este periódico, el presidente de la mesa electoral, Roger J. H. -que se encuentra en paradero  desconocido- y la secretaria Ana María G. P. admitieron como votos válidos los presentados de manera colectiva en sobres cerrados emitidos por vía notarial mediante la legitimación por dicha vía de las firmas de los votantes.

Se da la circunstancia de que un grupo de votos no habían sido emitidos por los electores censados, quienes interpusieron denuncia en el Juzgado de Guardia, e incluso se contabilizó el voto de un fallecido también emitido por vía notarial. Además “se admitió un voto legitimado notarialmente de persona que votó de modo presencial en la mesa”, añade el auto.

La Fiscalía pide 22 meses de cárcel y 6.000 € de multa

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado una condena de 22 meses de cárcel y multa de 10 meses con cuota de 20 euros (6.000 euros) por un presunto delito continuado de falsedad documental para la secretaria de la mesa electoral y para los acusados Miguel Angel O.H. y Jesús Diego J. A. Q., abogados de profesión, que presentaron en la notaría de Sevilla los documentos para la legitimación de las firmas de los votantes.

El fiscal incluye a Antonio P. D., candidato en aquel proceso electoral, que lo hizo en la notaría de Marchena. Uno de los votos que legitimó esta fedataria pertenecía a un votante fallecido antes del inicio del proceso electoral.

El juez archiva las actuaciones respecto a los dos notarios porque “se limitaron a cumplir con lo previsto en el Reglamento Notarial” y no hay indicios de que participaran voluntariamente en la falsificación.

Igualmente decreta el sobreseimiento por la presunta comisión de un delito electoral “al no ser de aplicación la Ley Orgánica de Régimen Electoral General a las celebradas en el estamento deportivo”.

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