Andalucía

El constructor Ávila Rojas ingresa en la cárcel de Albolote

  • El Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada

En realidad, la entrada en prisión de José Ávila Rojas era cuestión de tiempo. La Audiencia Provincial lo había condenado en agosto de 2008 a ocho años de prisión por defraudar a Hacienda y el 18 de junio de este año, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia que le abocaba a la prisión. La duda era cuándo se produciría el ingreso en la cárcel del promotor granadino, aunque la pregunta ya tiene respuesta. El constructor llegó en la mañana de ayer a la Prisión Provincial de Albolote, donde ingresó para cumplir la pena que le fue impuesta, que de tiempo efectivo será de 6 años.

Según fuentes judiciales, una vez resuelto el recurso por el Supremo, un juzgado granadino tenía que ordenar la entrada del promotor en prisión. Una vez que esa orden fuese efectiva, Ávila Rojas tenía cuatro días para hacer efectivo su ingreso en la cárcel, que finalmente se produjo ayer.

Durante la mañana, José Ávila Rojas estuvo en el departamento de ingresos del centro penitenciario, donde recibió la visita del educador, el asistente social y un médico que tras entrevistarse con él le designarían un módulo, algo que probablemente se produzca durante la jornada de hoy.

El rechazo del Tribunal Supremo al recurso de Ávila Rojas fue la puntilla de uno de los casos que han llevado al promotor granadino por un periplo en los últimos años de sede judicial en sede judicial. El Alto Tribunal desechó los argumentos del recurrente uno por uno, dando por válidas las conclusiones de la Audiencia Provincial que, en su día, lo condenó por cuatro delitos consumados de defraudación a la Hacienda Pública en la compraventa de dos fincas ubicadas en el término municipal de Marbella, que se llevaron a cabo en 2001 y 2002. Según la sentencia de la Audiencia Provincial, el promotor eludió en los dos casos el pago del IVA y del IRPF. Ávila Rojas aseguró -en el juicio y en el recurso ante el Alto Tribunal- que en ambas operaciones había participado como persona física y no como empresario, algo con lo que las dos instancias judiciales del caso no estuvieron de acuerdo. De hecho, la Audiencia de Granada consideró que Ávila Rojas tuvo ánimo de defraudar al Fisco con el resultado de dichas operaciones y que "sabía perfectamente lo que hacía en todas las operaciones, conocía sus obligaciones con Hacienda y, en efecto, presenta declaraciones en los ejercicio discutidos -los relativos a los años 2001 y 2002- si bien omitiendo total o parcialmente determinadas operaciones que no le interesaba reflejar".

Similar argumento intentó utilizar Ávila Rojas en su recurso al Supremo. De hecho, la defensa del promotor granadino esgrimió que la fincas con las que se operó no estaban sometidas al pago de impuestos porque el constructor no actuó como empresario, sino a título particular. Y, de nuevo, los magistrados consideraron que el promotor no se limitó a un "mero incumplimiento de deberes tributarios", sino que pretendió ocultar una realidad tributariamente relevante "con ánimo de defraudar a la Hacienda Pública".

La sentencia de la Audiencia ratificada por el Supremo condenaba al constructor por cuatro delitos a razón de dos años por cada uno y al pago de unos 10 millones de euros de multa. El fallo establecía que el tiempo máximo de cumplimiento efectivo de la pena de prisión era de 6 años.

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