Caso Contsa

Facua apunta que en el caso de Contsa se puede abrir la vía penal si hay indicios de estafa

  • La asociación de consumidores asegura que los afectados pueden iniciar un procedimiento paralelo al concursal si el juez entiende que hay indicios delictivos.

La asociación de consumidores Facua-Consumidores en Acción apuntó que los inversores afectados por la suspensión de pagos de la inmobiliaria Contsa pueden iniciar un procedimiento por la vía penal, paralelo al procedimiento concursal, si se entiende que hay indicios de estafa por parte del juez.

Fuentes de Facua indicaron a Europa Press que a lo largo del día han recibido numerosas consultas y notificaciones de afectados por la suspensión de pagos de Contsa Corporación Empresarial SA. Precisaron que los afectados tienen que esperar a que el juez inicie el procedimiento concursal con las declaraciones de quiebra y suspensión de pagos, y sería entonces cuando se podrán sumar tanto los clientes o inversores como los proveedores, ya que ambas partes acudirían al concurso como acreedores.

"Hay que esperar a la declaración y apertura del proceso concursal, tras lo que el juez dará un plazo a los afectados para que los acreedores se sumen al procedimiento concursal", agregaron fuentes de esta asociación, que insistieron en que "cabe la posibilidad de que si el juez entiende que hay indicios de estafa se pueda iniciar un procedimiento por la vía penal, proceso paralelo a la vía concursal civil".

No obstante, apuntaron que, analizando algunos casos, "existe el problema de que en algún modelo de contrato el cliente no figura como inversor sino como accionista de la empresa, por lo que en ese caso el afectado no podrá acudir al procedimiento concursal, al ser considerado parte de la empresa". "Tenemos que ver si eso ocurre en todos los contratos o si hay diversas modalidades de contratos", agregaron.

Agregaron que "no tenemos información ni constancia contractual sobre las vías por las que se ofertaba entre un 15 y un 30 por ciento de interés en la inversión en función de la cantidad invertida", de manera "tenemos que analizar en concreto cómo se plasmaba en los contratos la obtención de la rentabilidad, pues cabe la posibilidad de que hubiera una falta de claridad y la empresa prometiera verbalmente una cosa y sobre el papel fuera otra".

Facua indicó que los inversores podrán demandar como mínimo la devolución de la cantidad que se les adeuda "salvo que aparezcan como accionistas, en cuyo caso no podrían acogerse a la vía concursal". "Hay una gran confusión por parte de los afectados, pues desconocen si son clientes o accionistas y desconocen las condiciones concretas de sus contratos", aseveraron.

El grupo andaluz Contsa, centrado en la actividad inversora inmobiliaria, se declaró en suspensión de pagos ante la caída del mercado inmobiliario unida a las fuertes restricciones del crédito existentes, por lo que solicitó a la jurisdicción mercantil competente la incoación de un concurso voluntario de acreedores que establezca las bases de un convenio que permita satisfacer sus obligaciones económicas respecto a sus socios e inversores así como su continuidad en el sector.

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