Sentencias

Condenan a Spiriman a pagar las costas de la demanda contra el secretario de Facua Rubén Sánchez

  • El médico reclamaba 39.000 euros por usar fragmentos de sus vídeos para desmontar sus difamaciones

El médico Jesús Candel, conocido como Spiriman.

El médico Jesús Candel, conocido como Spiriman. / josué Correa

La Audiencia Provincial de Granada ha condenado en costas al médico Jesús Candel, conocido como Spiriman, tras su demanda contra el periodista y secretario general de FACUA-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, por publicar informaciones sobre su actividad al frente de la asociación Justicia por la Sanidad que han resultado ser veraces y contrastadas y por usar fragmentos de sus vídeos para desmontar las falsedades difamatorias lanzadas contra el demandado por el médico y empresario. Las costas judiciales representan más de 16.000 euros.

Fechado el 15 de julio y comunicado este lunes a las partes, el auto de la Sección Tercera de la Audiencia, con el magistrado José Luis López Fuentes como presidente, ratifica íntegramente la sentencia dictada en junio del año pasado por la titular del Juzgado de Primera Instancia de número 18 de Granada.

La Audiencia destaca el "evidente interés público del contraste con la posición del actor, en relación con el virus Covid 19, puesta de manifiesto por el demandado", que "pone de relieve las recomendaciones y afirmaciones opuestas efectuadas en pocos días" por Candel "sosteniendo de este modo la crítica acida del texto que acompaña".

Asimismo, la sentencia indica que "la información sobre las recomendaciones del actor en materia sanitaria, o sobre su actuación como vendedor de mascarillas y por tanto como empresario, cuando a la vez cuestionaba la compra de material sanitario por las administraciones públicas o distribuidos por otros estamentos (cooperativa farmacéuticas etc), y sobre los defectos del material adquirido por el demandante, puestas de relieve por el demandado, periodista y portavoz de una asociación de consumidores, debe considerarse como de interés general a efectos de valorar la legitimidad del ejercicio del derecho a la libertad de información del demandado".

En la sentencia de primera instancia, la juez Adela Juana Frías Román puso de manifiesto "la previa conducta del demandante como causa y provocación" de una serie de publicaciones de Rubén Sánchez en su cuenta personal de Twitter y su página de Facebook por las que Candel le exigió una indemnización de 38.810 euros, asegurando que había incurrido en intromisión ilegítima en su derecho al honor y a la propia imagen.

En varios mensajes difundidos en sus redes sociales, el periodista dio respuesta tanto a los insultos y mofas lanzados contra él, su mujer y su padre por el médico granadino como a las invenciones de Spiriman, que llegó a asegurar que Sánchez había cometido varios delitos, que había golpeado a un hombre y que lo estaba investigando la Policía.

Candel también afirmó en su demanda que las informaciones periodísticas sobre él publicadas por Sánchez eran falsas. Así, negó que el Servicio Andaluz de Salud hubiese ordenado la retirada de las mascarillas que donó a través de su asociación Justicia por la Sanidad, que las vendiese a farmacias de toda España y que hubiese cambiado el modelo que finalmente les entregó al trascender que eran defectuosas.

Sin embargo, en el juicio se puso de manifiesto que la información era veraz y había sido contrastada. El periodista demostró que el número de serie de las mascarillas distribuidas por Spiriman, que podía verse en una fotografía tuiteada por el propio médico, coincidía con el del lote de la marca Inuan cuya orden de retirada aparecía en la red de alerta europea. La propia abogada de Spiriman llegó a reconocer en sus conclusiones que les habían retirado parte de las mascarillas.

Candel contrató a un perito que afirmó que los fragmentos de sus vídeos publicados por Sánchez estaban "manipulados". Sin embargo, la Audiencia considera "veraces los fragmentos de vídeo empleados". La jueza de primera instancia ya resolvió "rechazar el carácter manipulado de los vídeos dada la actuación sobre los mismos, extrayéndose fragmentos unidos pero no alterados, entresacados para ser resaltados en los términos propios de la noticia, careciendo de elementos de falsedad, y sin alteración del sentido mismo".

"Alarde de bipolaridad"

Entre los tuits objeto de la demanda se incluía uno con el texto "Mientras hace negocio vendiendo mascarillas, parece que a Jesús Candel (@Spiriman) parecen importarle bien poco las vidas que hay en juego. En otro alarde de bipolaridad, ahora insta a saltarse el confinamiento y dejarse contagiar. Y este tipo es médico...". Tampoco considera la Audiencia Provincial que incurriese en intromisión ilegítima en el derecho al honor otro donde el secretario general de FACUA afirmaba que Candel "está como una regadera" e insertaba fragmentos de un vídeo grabado por el médico en su puesto de trabajo en el SAS donde animaba a insultar a políticos con expresiones como "soplapollas", "hijos de puta" y "cabrones", tras lo que interpelaba a Ruben Sánchez, decía que su estetoscopio es un "arma" y lo usaba como si fueran unos nunchakus para terminar afirmando: "sé kung fu".

En su sentencia, la Audiencia Provincial de Granada indica que "el empleo por el demandado de las expresiones anteriores, transmitiendo una idea muy crítica, corrosiva y mordaz sobre la falta de solidez y equilibrio del actor, en uso de la libertad de expresión, guarda sin duda relación con la noticia y la opinión crítica que se quiere transmitir, respecto de la falta de rigor y por tanto de seriedad de las recomendaciones sanitarias del actor en un tema tan delicado como era el de la conducta a seguir durante la pandemia del virus Covid 19, pasando en poco tiempo, con la vida de personas en juego, y con el mismo lenguaje rotundo y tremendista, a exponer una situación y la diametralmente opuesta, sin ninguna explicación sobre el cambio de posición respecto de la anterior que se obvia".

Sánchez ha estado representado por el abogado David Bravo, que ya logró otras dos victorias judiciales en las demandas por intromisión ilegítima en el derecho al honor interpuestas por el secretario general de FACUA contra la falsa asociación de usuarios Ausbanc, su presidente, Luis Pineda, y su director de publicaciones, Luis Suárez Jordana.

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