Historias de Algeciras | El trienio liberal

Ediles algecireños ante la Justicia

  • Uno de los campos al que las autoridades prestan gran atención durante el Trienio Liberal fue el educativo

  • Había mucho que legislar para modernizar aquella monarquía parlamentaria

El fondeadero local estaría sujeto a la aplicación de los nuevos aranceles.

El fondeadero local estaría sujeto a la aplicación de los nuevos aranceles.

Rebuznos políticos aparte, como así quedó recogido en el anterior capítulo, las altas instancias provinciales remiten al consistorio algecireño el siguiente: “En conveniencia de lo expuesto por el Ayuntamiento de Algeciras, relativo á la acción que intentó contra el Alcalde primero constitucional, acordó esta institución provincial se devuelva á dicho Ayuntamiento el expediente original de lo que se actuó de orden de aquél Gefe Político Subalterno y que se le diga que se ratifica de que este asunto siga sus trámites judiciales por no tener en sus atribuciones medios para impedirlo”. Los ediles acabaron en el juzgado.

En otro orden de asuntos, el gran propietario Antonio de los Santos Izquierdo, vecino de Algeciras, presenta ante el jefe político del Partido: “Una queja contra el Ayuntamiento de Los Barrios, porque ha declarado realengos algunas tierras de su propiedad”. El asunto llegaría hasta la Comisión de Justicia Provincial. Dentro del mismo contexto y relacionado con tierras del Común, el Ayuntamiento algecireño, dada su catastrófica situación económica, declara: “La imposibilidad en la que se encuentra para verificar el pago de la deuda por el 7% del valimiento de Propios”. Siguiendo en la remisión de oficios: “El Ayuntamiento de Algeciras manifiesta el medio que ha arbitrado para realizar los 6.000 reales que se le piden á cuenta de su deudo por el valimento de Propios”.

Uno de los campos al que las nuevas autoridades liberales prestan gran atención es el educativo, enviado por ello a la principal autoridad del Partido algecireño el siguiente oficio: “En vista del atraso que experimenta el cumplimiento de las Reales ordenes de 29 de Mayo y quince de Junio de este año, para que se dé un estado de los establecimientos de Ynstrucción Pública que haya en la provincia de Cádiz […], se pide al Excmo. Sr. Gefe Superior Político recuerde á los Ayuntamientos, que ya está vencido tiempo hace, el plazo de los dos meses asignados para evacuar el informe y que me urge sobre manera que lo despachen cuanto antes”.

Para afrontar los múltiples gastos en el municipio, se solicita desde el Consistorio de la calle Ancha: “Permiso para subasta de los ramos de vino y vinagre, que remite el Ayuntamiento de Algeciras […], pasa al Sr. Yntendente con el mismo objeto que se le dijeron los contenidos del punto 52 de la sesión de 26 de Octubre, sobre requisitos para la puja”. Por su parte el depositario del consistorio algecireño manifiesta: “Puede librar á su cargo los 6.000 reales que se le han señalado al Ayuntamiento por cuenta de su validamiento de Propios”.

En cuanto a la vida cotidiana de los algecireños, comentar que el conocido y popular propietario local Juan Sánchez Barranco nombró como su nuevo representante “para que lo defienda en pleitos y causas” al también algecireño Juan de Dios Puche. Anteriormente Sánchez Barranco tenía como su representante legal a Manuel de la Serrana; este último, además de leguleyo ocasional, era teniente de la Compañía de Escopeteros de Getares.

Sobre las plazas de procurador para Algeciras, se siguen presentando las solicitudes por los interesados: “Instancia de Dn Cristóbal Conejo y Romero, de Algeciras, sobre que se le confiera una de las plazas de procurador que deban establecerse en esta Ciudad, se acordó […] se remita copia informe de aquél a este Ayuntamiento y juez de primera instancia relativamente á la idoneidad y conducta moral y política del interesado, número de procuradores que haya en el Pueblo y si el Dn Cristóbal tiene algunos bienes propios para no depender absolutamente de los productos del oficio de procurador”.

El jefe Político con residencia oficial en nuestra ciudad recibió e hizo extensivo entre el resto de Ayuntamientos que componían el Partido de Algeciras el siguiente paquete normativo liberal: “Reales Decretos, á saber: uno de 26 de Septiembre de este año (1820) de desafueros á los Eclesiásticos cuando cometan algún delito, al que las leyes le impongan pena capital o corporios aflictivas […], otro de primero de Octubre para que los jueces de primera instancia no puedan ejercer la abogacía mientras desempeñan la judicatura […], otro de dos de Octubre para que se paguen á los interesados en el punto de su residencia las asignaciones que han dejado á favor de sus familias, algunos de los individuos del Ejército que han pasado á Ultramar […], otro que obliga á toda clase de personas á ayudar y auxiliar á las autoridades en el descubrimiento y persecución de la delincuencia […], otro Real Decreto de 5 de Octubre que manda haya un solo Arancel de Aduanas en toda la Monarquía […], otro de 9 de Octubre nombrando á Dn Bernardo de Borja y Farrin, para la tercera plaza de la Junta Nacional del Crédito Público […], y otro de 10 de Octubre, concediendo amnistía á los disidentes de Ultramar”.

Todos estos decretos conformaban un ejemplo de la política liberal del gobierno de Riego. En pocas fechas muchas de estas disposiciones con espíritu doceañista seguirían llegando hasta el oficial despacho del jefe político del Partido afincado en nuestra ciudad, como por ejemplo: “Real Decreto de 14 del mes de Octubre mandando se entere á los Pueblos de que la rebaja decretada por las Cortes sobre Contribución, se entiende solamente por los respectivos á la del presente año y no por los anteriores […], Real Decreto de 25 del mes de Octubre que comprehende el Reglamento para el Tribunal Especial de las Ordenes […], otro de igual fecha que declara que para proceder á la prisión de cualquier español precediendo siempre la información sumaria del hecho, no se necesita que esta produzca una prueba plena ni semiplena del delito […], otra del 26 del mismo mes de Octubre permitiendo volver á España á todos los que emigraron por adictos al gobierno intruso ó haber obtenido cargo ó destino del mismo […], otro Decreto de 27 de dicho mes de Octubre, mandando cesar los apremios á los Pueblos por el pago de atrasos de todo genero de contribuciones hasta primeros de Enero del presente año; y estableciendo reglas para el pago de dichos atrasos […] Decreto de 28 de dicho mes para los individuos que se hallen estudiando en la capital la practica en Derecho Civil, según el plan de estudios que ha regido, para que puedan continuarlos en las cátedras y academias aprobadas. Finalizando con otro Real Decreto de primeros de Noviembre actual (1820) que traslada al Excmo. Sr. Geje Superior Político en oficio del día 13, diciendo quedar enterado del acuerdo de la abolición del derecho de corredurías de vinos”. La “no necesaria prueba plena para el ingreso en prisión”, hace dudar de la liberalidad del nuevo gobierno, por muy acosado que estuviera por la definida por ellos como “carcoma absolutista”.

El enfrentamiento entre los ediles locales pasa a los tribunales. El enfrentamiento entre los ediles locales pasa a los tribunales.

El enfrentamiento entre los ediles locales pasa a los tribunales.

Todo este nuevo paquete normativo fue puesto en conocimiento para su aplicación en las instancias competentes por el jefe del Partido algecireño. Decía Sancho Panza “Allá van leyes donde quieren reyes”. Y efectivamente, había mucho que legislar en el ordenamiento jurídico español para modernizar aquella monarquía parlamentaria. Como también había que poner al día los centros de reclusión para los que incumplieran las nuevas normas. Y fue este motivo y la falta de fondos, por los que el Ayuntamiento algecireño se dirigió a las autoridades provinciales para hacerle saber: “Según oficio de 23 de Octubre último, en el que previene sobre el mal estado de su cárcel y la falta de fondos para los gastos que origina”.

Es precisamente por la búsqueda de ingresos por lo que el cabildo de nuestra ciudad elaboró un expediente informativo relativo a: “La subasta que publicó y remate que ha celebrado del fruto de la bellota de la majada de sus Propios á favor de Dn José de Lima como mejor postor, en la cantidad de 8.340 reales en segundo juicio”. El expediente fue remitido a la autoridad competente y devuelto: “Con la aprobación del citado remate y ejecución del expediente”.

Por aquellos días las autoridades algecireñas afrontan un áspero asunto dados los abusos durante décadas, relacionado con la zona rural del municipio, para lo cual pidió asesoramiento a la comisión provincial pertinente: “Ayuntamiento de Algeciras. Oficio de 27 de Octubre último: pide consulta sobre los términos en que deberá hacer la mensura (medición) de las tierras en que estuviesen edificados los caseríos”. El asunto para su estudio pasó a la comisión de Agricultura.

Nuevamente el jefe subalterno del Partido del distrito algecireño, recibe en su despacho un nuevo paquete de nuevas medidas aprobadas por las autoridades liberales, que incluyen entre otras: “Real Decreto de 12 de Octubre. Aprobando S.M. las disposiciones del Yntendente de Castilla la Vieja para facilitar el despacho de los negocios de su Secretaría”. Otro: “Del 8 del mismo para que no se haga innovación en la jurisdicción temporal y eclesiástica de la Colectaría general”. Siguiente: “De 7 de Noviembre para que no se proceda á la captura de ningún individuo por delito de contrabando á no ser que medien las circunstancias de falsificación de firmas u otros motivos extraordinarios”. Otro: “Del 8 del mismo que manifiesta las resoluciones tomadas con motivo á la deserción de algunos soldados que se han unido en las inmediaciones de Ávila al anticonstitucional Dn Gregorio Morales”. A continuación: “Del 4 del citado sobre la instrucción para los inventarios de las pertenencias de los regulares”. Y el último, anunciando: “Real Decreto por el que se le suprime a la Provincia de Cádiz, la palabra marítima que hasta ahora ha usado”. El Decreto del 7 de noviembre sería recibido en esta zona con gran alegría pués como indica su texto: “se prohibe la captura por el delito de ilícitos, salvo falsificación...”; teniendo en cuenta que la mayoría de los “jaramperos” eran analfabetos; y los contables estaban a buen recaudo en sus alfombrados despachos de un lado u otro de la verja, solo cabe expresar “¡¡¡Ancha es Castilla!!!”. En cuanto a la supresión del término “marítimo” para nombrar a la provincia, este apelativo surge en 1799, al mismo tiempo que se procede al traslado de la capitalidad a Jerez de la Frontera. Posteriormente con el regreso de Fernando VII, volvería Cádiz a obstentar nuevamente la capitalidad de la provincia.

Frente a estas medidas que persiguen modernizar al nuevo Estado, se mantienen otras que son contrarias a la liberalidad que se pretende proyectar: “Oficio remitido del Secretario de la Junta de Censura en que pide se le faciliten 3.000 reales de vellón, para sus gastos precisos por haberse ya concluido los 4.000 reales que se le entregaron en el mes de Agosto”. Mientras las autoridades provinciales acuden a las vacías cajas de los municipios para mantener la citada secretaría de censura, heredada del régimen anterior, los pueblos que componen los Partidos de la provincia, entre ellos el de Algeciras, siguen con sus escasos ingresos y asumiendo en su totalidad los gastos que demanda cada término municipal. El sistema pretendía ser liberal, pero al parecer estaba falto de auténticos liberales.

(A la memoria de José María Contreras Notario).

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios