Tribunales

Condenado a 13 años y seis meses de prisión por agresión sexual continuada a una menor

  • La víctima tenía 14 años cuando inició una relación por internet con el acusado, que tenía 26 años

La Audiencia Provincial de Cádiz, donde tuvo lugar el juicio.

La Audiencia Provincial de Cádiz, donde tuvo lugar el juicio. / Lourdes de Vicente

El juez de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a 13 años y seis meses de prisión a un hombre como autor de un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años, con las penas accesorias de inhabilitación absoluta y privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, prohibición de aproximarse a menos de 500 metros a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro que frecuente y comunicarse con ella por cualquier medio por un tiempo de 14 años y seis meses. También deberá indemnizarla con 10.000 euros y deberá hacerse cargo del pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

El abogado de la víctima, Jesús Trujillo, solicitó dos penas, una de 15 años por el delito de agresión sexual y otra de 12 por abuso sexual continuado. El procedimiento tenía como origen el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Algeciras

Según los hechos probados de la sentencia, el procesado tenía 26 años cuando inició en enero de 2017 una relación por internet con la víctima, que entonces tenía 14 años. Al poco tiempo, una vez ganada su confianza, se vieron personalmente y la convenció para entrar en un portal próximo al domicilio de ambos. Una vez allí, el procesado le pidió a la menor que se echara al suelo. Ante la negativa de ésta, se lo ordenó, diciéndole que no le iba a pasar nada, que confiara en él. La víctima reiteró la negativa y el procesado le agarró de las manos y le bajo las prendas de cintura para abajo, hasta las rodillas, tirándola al suelo. Una vez así, se bajó las suyas y, con evidente ánimo lúbrico y de menoscabar la indemnidad sexual de la menor, se echó encima de ella, y la penetró vaginalmente sin usar protección profiláctica y sin llegar a eyacular.

La sentencia recoge que la menor, tras quitarse el procesado de encima, comprobó que había sangrado, toda vez que era era su primera experiencia sexual. A pesar de reprocharle al procesado lo que había hecho con ella, sintiéndose obligada por la tradición gitana de continuar la relación con quien le había deshonrado, esta se prolongó hasta finales del mes de marzo de ese año 2017.

Durante ese período de tiempo, el procesado mantuvo más relaciones sexuales plenas con la menor, incluyendo en ellas penetración. Estas se produjeron tanto en la casa como en el garaje del procesado, hasta que la menor no lo soportó más, se lo comunicó a su madre y apoyada por ésta, puso fin a la relación denunciando los hechos.

Como consecuencia de los hechos narrados, la víctima presenta sintomatología significativa, relacionada directamente con los mismos, siendo necesaria su derivación a tratamiento especializado de menores víctimas de violencia sexual.

El acusado afirmó durante el juicio que desconocía que la víctima tuviera 14 años, pero según las conversaciones de Whatsapp referidas y los testimonios, tanto de la menor como de su madre en sede de instrucción como el juicio oral, "descartan la posibilidad de que el acusado actuara sin conocer la edad real de la menor y era perfectamente sabedor porque así se lo había manifestado la menor días antes que contaba tan sólo con 14 años de edad y el mismo mensaje le transmitió su madre, cuando enterada de que se iniciaba la relación le advirtió de que no la tocara porque sólo tenía 14 años". Aún así los encuentros continuaron con relaciones sexuales completas con penetración.

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