Trata de mujeres

Condenada a siete años por obligar a prostituirse a una mujer ingresada en el CIE

  • Trajo a la víctima desde Nigeria bajo la promesa de un trabajo en una peluquería y la sometió a rituales vudú

Centro de Internamiento de Extranjeros de Algeciras

Centro de Internamiento de Extranjeros de Algeciras / Jorge del Águila

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a siete años de prisión a una ciudadana nigeriana acusada de captar con "engaño" a una compatriota a la que introdujo ilegamente en España para obligarla a ejercer la prostitución para saldar una supuesta deuda de 30.000 euros. La víctima había sido ingresada en el CIE de Algeciras al llegar a España.

F.O., de 44 años, sometió a la víctima a "engaño y abuso de superioridad" aprovechándose de que era una persona "indigente, desarraigada e indefensa" y lo hizo con ánimo de explotación sexual, según remarca el tribunal, que señala que las "difíciles circunstancias" en las que estaba hizo "fácil" que accediese a la "presión ejercida". "Sobre todo si se tiene presente que debía mantener a su hija menor de edad y que había sido sometida a rituales vudú en su país de origen que le hacían presagiar males futuros si no accedía a las imposiciones", indica la sentencia consultada por Europa Press.

La víctima, que ha ejercido como testigo protegido la acusación particular, fue captada en Nigeria "bajo una oferta mendaz" de que trabajaría en una peluquería y que aceptó "por su precaria situación económica". Seguidamente, fue llevada a España, donde se le exigió el pago de 30.000 euros para sufragar el coste de su viaje, "conminándola" F.O. a ejercer la prostitución para obtener el dinero necesario.

Detalla la sentencia que estuvo en un local de Roquetas de Mar durante ocho meses, "permaneciendo a disposición de los clientes todo el día, realizando servicios sexuales en condiciones insalubres, y cobrando cantidades irrisorias de dinero que se veía obligada a abonar a la acusada" y que llegó a hacer en la cantidad de 6.000 euros.

Antes, la explotaron sexualmente en Fuenlabrada (Madrid) después de pasar por el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Algeciras, al que fue trasladada tras ser interceptada la patera en la que viajaba desde la costa africana.

El magistrado ponente, Luis Durbán, resalta que hay una captación "basada en el engaño, que despliega toda su eficacia merced a la desesperada situación de la víctima" y añade que el traslado posterior de un sitio a otro "provocó el perseguido desarraigo de la víctima, que se vio en un lugar extraño, sin domicilio y sin trabajo, sin su red de apoyo familiar, sin conocidos y sin hablar el idioma".

"Esta situación de aislamiento favoreció la puesta en marcha de la última etapa, la explotación", recoge la sentencia que explica que la conducta de la acusada fue también un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros ya que la víctima "carecía de permiso para residir en España, fue traída de manera clandestina desde Nigeria, vía Marruecos, llegando finalmente a nuestras costas en una patera y, por consiguiente, al margen de toda la normativa que rige la entrada y permanencia de extranjeros en España".

La sentencia considera que la víctima dio un testimonio firme, rotundo, consistente y rebosante de detalles.

El tribunal concede total credibilidad al testimonio de la testigo protegido frente a los que califica de "dos móviles perversos" que esgrimió la defensa de F.O. en el acto de juicio, en el que planteó que la denuncia se debió al "deseo de obtener su propia regularización mediante la denuncia de hechos que podrían beneficiarle conforme a la legislación de extranjería y al ánimo de verganza por las lesiones que sufrió su hija estando al cuidado de la acusada".

La sentencia relata que la víctima dijo que acudió a la Policía "cuando se convenció de que su vida era una mierda" y subraya que sigue en situación "irregular en el país". "No obtuvo beneficio alguno de la denuncia que presentó y ha mantenido durante años su acción como acusación particular", apuntilla. Frente a esto, remarca que en su testimonio "concretó fechas, localizaciones con referencia incluso nominal al establecimiento en el que fue obligada a prostituirse, actos desplegados por la acusada y, en definitiva, numerosos datos accesorios que permiten decir estamos ante un testimonio firme, rotundo, consistente y rebosante de detalles".

"Se hace difícil creer que el relato pueda ser inventado, falseado o manipulado, siquiera en parte y todo lleva a pensar que responde a una experiencia realmente vivida", concluye para finalizar apuntando que F.O reconoció que "regentaba el local donde la víctima dijo ser explotada sexualmente, que allí ejercían varias mujeres la prostitución, pero que nos las controlaba y que solo cobraba por el alquiler del local".

La Audiencia Provincial de Almería considera a la acusada autora de un delito de trata de seres humanos en concurso medial con un delito de inmigración ilegal y otro de prostitución y la condena, al margen de la pena privativa de libertad, a alejamiento de la víctima a menos de 500 metros por periodo de diez años. Además, deberá indemnizarla con 30.000 euros por los daños ocasionados.

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