Algeciras

El sindicato CSIF lleva al Defensor del Pueblo Andaluz la ausencia de una RPT en Algesa

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz ha constatado en un escrito enviado al sindicato CSIF el pasado 19 de marzo que la empresa de limpieza de Algeciras (Algesa) no cuenta con una Relación de Puestos de Trabajo (RPT), aunque defiende que no está obligada por la ley porque no es una administración pública. El sindicato ha vuelto a escribir a Jesús Maeztu alegando justamente lo contrario, que Algesa sí debería contar con una RPT y que infringe la Ley al no tenerla.

CSIF pretende demostrar la irregularidad con la que entiende que se llevó a cabo el último concurso de méritos dentro de la empresa, que dejó a varios trabajadores en la calle y a otros los relegó a turnos y horarios que no les corresponden por sus categorías.

Lo que en principio afirma la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz es que no observa que exista "infracción de alguno de los derechos fundamentales y libertades reconocidos en la Constitución" porque Algesa es una sociedad anónima con capital municipal a la que no se le puede aplicar la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ya que entiende que no lo es. Apostilla el despacho de Maeztu que su personal no es funcionario y su régimen jurídico es privado, tal y como establece el artículo 48 de la Ley 5/2010 de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía. Añade también que la empresa de limpieza tiene un convenio colectivo propio y un organigrama en el que constan las categorías existentes.

CSIF, en cambio, considera que el personal de Algesa está encuadrado en la figura de empleados públicos y pone como ejemplo que le fue retirada la paga extra en 2012. El sindicato cita el Estatuto Básico del Empleado Público, que debe aplicarse "en las administraciones de las entidades locales, los organismos públicos, las agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las administraciones públicas". CSIF resalta el concepto de Inventario de Entes del Sector Público Local, que aparece en la Ley 18/2001 de Estabilidad Presupuestaria, donde aparecen las sociedades mercantiles en las que "la entidad local, sus entes dependientes, vinculados o participados de la misma, participen en su capital social, directa o indirectamente, de forma mayoritaria".

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