Algeciras

El pleno decidirá si Algeciras se suma a la Ley de Municipio de Gran Población

  • La Junta aprueba la nueva normativa que busca modernizar los ayuntamientos

El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó ayer el proyecto de la ley autonómica que regulará los requisitos para el acceso de las ciudades andaluzas a la condición de Municipio de Gran Población, en desarrollo de la Ley estatal 57/2003 de Medidas para la Modernización del Gobierno Local y al que se podrán acoger diez localidades, entre las que se encuentra Algeciras.

En rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno de la Junta, la consejera de Gobernación, Clara Aguilera, explicó que este texto legal ya fue remitido al Parlamento andaluz el pasado mes de noviembre, si bien no pudo ser aprobado al agotarse la legislatura. Así, dijo que la nueva normativa se aplicará a los municipios andaluces que sean capitales de provincia y cuya población no supere los 175.000 habitantes, así como a los que tengan más de 75.000 habitantes y presenten especiales circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales. Las ciudades que podrán acogerse a esta nueva normativa autonómica y solicitar su acceso a la condición de municipio de gran población son Huelva, Cádiz y Jaén, como capitales de provincia de menos de 175.000 habitantes, y El Ejido (Almería); Algeciras, Jerez, El Puerto de Santa María y San Fernando (Cádiz); Marbella (Málaga), y Dos Hermanas (Sevilla), como localidades de más de 75.000 habitantes.

El proyecto establece los requisitos y el procedimiento básico para que las localidades andaluzas cuyos plenos municipales así lo decidan por mayoría absoluta, puedan incluirse en esta catalogación, que conlleva un régimen organizativo y de funcionamiento distinto al del resto de corporaciones locales. Las iniciativas adoptadas en este sentido deberán ser ratificadas posteriormente por el Parlamento andaluz. Las ciudades que accedan a la condición de Municipios de Gran Población podrán adoptar en sus corporaciones el régimen organizativo recogido en el Título diez de la Ley 7/1985 de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003 de Medidas para la Modernización del Gobierno Local. Entre otras posibilidades, este régimen permite incorporar la figura del delegado municipal no electo o la creación del defensor del ciudadano.

El alcalde de Algeciras, Tomás Herrera, valoró de manera muy positiva la oportunidad que se brinda al municipio. "Estamos de enhorabuena. Esto no es más que el reconocimiento a la importancia de Algeciras comparable ya a una capital de España por sus circunstancias económicas, sociales y geoestratégicas", aseveró.

El primer edil anunció que se pondría de inmediato en contacto con sus socios de gobierno y que la propuesta deberá pasar por pleno. "Hay que valorar en conjunto la opción y plantear ir a pleno todos juntos", afirmó. Reconoció no obstante que esta oportunidad supone costes añadidos que habrá que evaluar en junta de gobierno. "Soy prudente. Esta catalogación requiere un organigrama que tendría que afrontar el municipio", aseguró.

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