Investigación en Algeciras

El fiscal jefe carga contra la juez por el archivo parcial del fraude de la estiba

  • Cisneros apela ante la Audiencia Provincial y medita pedir que la investigación sea declarada "causa de especial complejidad"

  • Se ve víctima de "indefensión" porque la instructora no le informó del levantamiento del secreto de sumario

Grúas en el Puerto de Algeciras

Grúas en el Puerto de Algeciras / Erasmo Fenoy (Algeciras)

El fiscal jefe de de Algeciras, Juan Cisneros, ha recurrido el archivo parcial de las diligencias abiertas por el presunto cobro de comisiones en los muelles algecireños a cambio de puestos de trabajo y medita solicitar la declaración de causa judicial compleja para permitir la prolongación de las investigaciones. La iniciativa de la Fiscalía pretende corregir el criterio de la juez instructora, Belén Barranco, quien el pasado día 2 suscribió un auto instando el sobreseimiento parcial de la causa.

En declaraciones exclusivas a Europa Sur, Cisneros informó ayer de que la Fiscalía ha presentado directamente ante la Audiencia Provincial de Cádiz un recurso de apelación contra el citado auto de la juez, prescindiendo así del recurso previo de reforma cuya resolución hubiera correspondido a Barranco en exclusiva.

En su escrito, al que ha tenido acceso esta redacción, el fiscal desliza duros reproches contra la decisión de la juez y cuestiona la forma en que ha llevado el procedimiento. En concreto, alude a una "vulneración flagrante del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal" y a una "vulneración de la doctrina jurisprudencial sobre la naturaleza de las diligencias practicadas fuera de plazo". El ministerio público sostiene también haber sido víctima de "indefensión" debido a que la instructora no le comunicó su decisión de levantar el secreto de sumario en algunas piezas, un paso clave para decidir actuaciones posteriores.

Cisneros, como adelantó en la mañana de este jueves esta redacción, entiende que no se ha cumplido el plazo máximo de instrucción de seis meses de la causa que marca el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tesis contraria a la argumentada por la titular del Juzgado de Instrucción n.º1 de la ciudad en el auto en el que da por cerrada la investigación.

El fiscal apunta que las diligencias, de una forma un tanto peculiar, han estado bajo secreto sumarial en diferentes periodos y solo en algunas partes y que, como consecuencia de ello, no se pueden computar como cumplidos los seis meses de la instrucción.

Es más, Cisneros anunció que estudiará si pide a la juez que la causa sea considerada de "especial complejidad", una posibilidad recogida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que se plantea cuando existen indicios que justifican la prolongación de las diligencias hasta 18 meses. “Espero que se imponga el sentido común”, dijo anoche a esta redacción.

En el caso del fraude de la estiba hay una diversidad de víctimas que presuntamente pagaron comisiones y diez investigados como supuestos partícipes de actos delictivos, que van desde la corrupción entre particulares al blanqueo de capitales. La juez considera, no obstante, que solo hay indicios de delito en dos de ellos, un hombre y su hijo, que hacían de supuestos intermediarios y que fueron despedidos como estibadores tras ser detenidos por la Policía Nacional. 

Entre los ocho exonerados en su auto por Barranco, bajo el argumento exclusivo de que las pruebas de cargo en su contra se obtuvieron una vez cumplidos los seis meses máximos de la instrucción, destacan el presidente de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y tercer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Algeciras, Luis Ángel Fernández, y uno de sus hijos, Ángel Fernández. 

La Policía Nacional atribuye a este último el supuesto cobro de comisiones a cambio de situar en la estiba a las personas que le pagaban. Su padre, según la investigación, habría colaborado presuntamente, junto a su exesposa y madre de su hijo, en la devolución de parte de ese dinero, reclamado de forma vehemente por quienes finalmente no lograron un empleo portuario.

La juez considera que la instrucción, incoada el 30 de mayo de 2018, debió darse por concluida a fecha de 30 de noviembre, es decir, justo seis meses más tarde. La Fiscalía, por contra, mantiene en su recurso que las actuaciones o parte de ellas estuvieron bajo secreto de sumario varios meses, paralizando de forma automática el cómputo de los seis meses y permitiendo que las diligencias se extendieran más allá del 30 de noviembre.

Esta perspectiva del fiscal es capital puesto que la detención e ingreso en prisión provisional de Ángel Fernández fue llevada a cabo el 28 de diciembre del año pasado y porque, en fechas inmediatamente posteriores, Luis Ángel Fernández, pasó a tener la condición de investigado en compañía de su ex esposa.

Paradójicamente, fue la propia juez la que acordó el secreto sumarial de las actuaciones que ahora parece eludir en su auto. Además, considera que las diligencias realizadas a partir del 30 de noviembre deben ser consideradas nulas, pese a que la detención de Ángel Fernández y la imputación de sus padres fueron realizadas en fechas posteriores por decisión suya.

Sin tener notificación

Cisneros detalla que la juez decretó el secreto de sumario sobre siete piezas en dos periodos, de 8 de agosto a 8 de septiembre de 2018 y de 5 de octubre de 2018 a 6 de mayo de 2019. El escrito del fiscal es especialmente contundente respecto a lo actuado por Barranco: “En todos estos plazos, no estaban corriendo los plazos de instrucción del 324. Porque afirmar lo contrario, llevaría a situaciones disparatadas. Qué se supone que debía hacer el Ministerio Fiscal. ¿Pedir la complejidad de una parte y de otra no, y hacer coexistir distintos plazos en una misma causa? ¿Pedirla para cuando se alzara el secreto, desvelando así a las partes la existencia de piezas secretas haciendo perder a éstas su finalidad? Obviamente ninguna de esas soluciones pasan por un filtro mínimo de rigurosidad. Y sin olvidar tampoco, lo que añade más fuerza a nuestra tesis, que ninguno de los autos levantando el secreto fueron notificados al Ministerio Fiscal. Y el Fiscal también es, en este procedimiento, una parte a la que no se le puede causar indefensión”.

Antes de resolver el recurso de apelación de la Fiscalía, la Audiencia Provincial de Cádiz deberá dar traslado de este a las partes personadas -la defensa de los investigados y las acusaciones particulares ejercidas por algunas de las víctimas del fraude- para que se pronuncien.

Si el órgano judicial acepta el recurso del fiscal jefe, Luis Ángel Fernández, su ex esposa, su hijo Ángel y otros investigados deberán comparecer ante el Juzgado nº 1 de Algeciras para prestar declaración.

Inicialmente deberían haber comparecido para prestar testimonio el pasado 2 abril, antes del inicio de la campaña electoral de las elecciones generales del día 28, pero la juez aceptó retrasar dichas comparecencias hasta después de los comicios municipales del 26 del presente mes de mayo a petición de la defensa del presidente de la Mancomunidad.

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