Provincia de Cádiz

Un atropello mortal en Sanlúcar será juzgado hoy como imprudencia leve

  • El conductor denunciado, el ex torero 'El Mangui', padece limitaciones físicas pero tiene el visto bueno de la DGT para circular

El 4 de septiembre de 2015, sobre las 20:15 horas, una vecina de Sanlúcar de 79 años, Gertrudis Jiménez, falleció tras ser atropellada cuando cruzaba un paso de peatones debidamente señalizado en la avenida de Huelva de la localidad.

El conductor del vehículo, el ex torero Manuel Rodríguez Blanco 'El Mangui', circulaba con un Volkswagen Touran adaptado porque había sufrido dos años antes un ictus que le había dejado como consecuencias una disfaxia mixta además de hemiparesia derecha. Es decir, parálisis parcial de ese lado de su cuerpo.

Este siniestro ha desembocado en un procedimiento judicial, toda vez que la familia de la víctima ha denunciado al torero por considerar que cometió un delito de imprudencia grave. Sin embargo, tanto el fiscal como el juez han estimado que este caso debe ser tramitado como imprudencia menos grave.

El juicio se celebrará hoy en el Juzgado de Instrucción número 2 de Sanlúcar. La pena máxima a la que se enfrenta 'El Mangui' es una multa de 12 meses y retirada del carné de conducir durante un año.

APTO

En el momento del atropello mortal, Manuel Rodríguez estaba en posesión del permiso de conducir tipo B pese haber sufrido un ictus. La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía consideraba al torero apto para su renovación, siempre y cuando circulase con un coche adaptado (con cambio automático, entre otras exigencias) y cumpliese determinadas restricciones (conducir como máximo a 90 kilómetros por hora).

Manuel Rodríguez había resuelto además de forma adecuada la prueba dinámica de verificación de adaptaciones, restricciones y otras limitaciones de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Durante la fase del instrucción del caso, el denunciado declaró que el día del siniestro circulaba a escasa velocidad y que, sin embargo, no pudo reaccionar. También refirió que contaba en su haber con informes médicos favorables que le permitían conducir vehículos adaptados, como era el suyo.

Todas estas circunstancias han sido tenidas en cuenta tanto por el fiscal como por el juez, que han valorado el caso como imprudencia leve. Así, a pesar de las dificultades propias a la enfermedad de 'El Mangui', como la lentitud de reacción o la falta de reflejos ante las circunstancias sobrevenidas, juez y fiscal no aprecian en el siniestro "una infracción grave al deber del cuidado exigible".

El abogado de la familia de la fallecida intentó, sin éxito, recurrir esta calificación de los hechos y gestionar la causa como imprudencia temeraria grave con resultado de muerte. Para ello el letrado puso de manifiesto que el ex torero arrastró a la víctima unos 50 metros y que si detuvo el coche fue porque así se lo alertaron testigos presenciales. La defensa también argumentó que el paso de peatones donde tuvo lugar el accidente estaba muy próximo a un colegio, por lo que 'El Mangui' no respetó las mínimas normas de tráfico y seguridad vial.

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