LA Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el desarrollo en esta Comunidad Autónoma de la parte del contenido de la asignatura de Educación para la Ciudadanía referida a ideología de género, homosexualidad y opciones vitales. El TSJA, que ya había decretado con anterioridad la suspensión cautelar de esta asignatura para escolares cuyos padres presentaron objeción de conciencia, ha entrado ahora en el fondo de la cuestión. La anulación es justificada por el alto tribunal con el argumento de que los contenidos anulados "sobrepasan lo que es una enseñanza teórica y práctica de los principios democráticos de convivencia" y "vulneran el principio de neutralidad ideológica de los poderes públicos". La Junta, al igual que la Fiscalía y la Abogacía del Estado, ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo el fallo, del que han discrepado también dos de los cinco magistrados de la Sala, que han emitido votos particulares. Al Supremo se remite también la propia sentencia difundida ayer, que plantea una cuestión de ilegalidad sobre los decretos nacionales que definieron los contenidos impugnados. Aunque el TSJA no cuestiona Educación para la Ciudadanía en su conjunto, sino los aspectos antes citados de la misma, será el Tribunal Supremo el que dicte la última palabra sobre la controvertida cuestión, acerca de la cual existen pronunciamientos contradictorios de varios tribunales superiores autonómicos. Es la desorientación producida por estas sentencias sobre un asunto que afecta nada menos que a la libertad ideológica, la libertad de educación y los derechos de los padres la que debe servir de acicate al Supremo para que fije la doctrina definitiva en el plazo más breve posible. Probablemente lo que se abre paso en el ámbito jurídico es la idea de que la asignatura puede ser plenamente constitucional y válida, aunque sus contenidos concretos deben ser elaborados con consenso, sin sectarismos ni voluntad intervencionista.

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