Maritimas

La Justicia anula 38 millones en multas que Competencia puso a seis navieras

  • La Audiencia Nacional revoca las sanciones impuestas por los acuerdos para pactar precios y reparto del mercado. Sólo una de las compañías beneficiadas por el fallo continúa operativa.

Un pasajero espera su turno para embarcar en un banco del vestíbulo de la estación marítima de Algeciras

Un pasajero espera su turno para embarcar en un banco del vestíbulo de la estación marítima de Algeciras / Erasmo Fenoy

a Audiencia Nacional ha anulado las sanciones que la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) impuso a seis navieras en el año 2012 por considerar que formaban parte de un cártel para repartirse el mercado del tráfico de pasajeros entre la península y Marruecos de 2002 a 2010. Competencia sancionó entonces a un total de once compañías que operaban en seis grupos con multas que en conjunto sumaron 88,5 millones de euros.La sección sexta de Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha emitido esta semana tres sentencias –a las que ha tenido acceso Europa Sur– que dejan sin efecto las multas impuestas a seis de estas once compañías. Los tres fallos judiciales resuelven sendos recursos de Competencia contra pronunciamientos previos igualmente favorables a las operadoras. Se trata de las navieras Baleària, Euromaroc, IMTC, Comarit, Líneas Marítimas Europeas y Comanav, cuyas sanciones sumaron entonces 38 millones de euros, el equivalente al 15% del volumen de negocio acumulado en los nueve años de operativa considerada irregular por la CNC. Como consecuencia de aquel expediente,la agrupación entre Baleària y Euromaroc fue multada con 2.223.464 euros; IMTCfue sancionada con 8.153.453 euros mientras que sobre el grupo establecido entre Comarit, Líneas Marítimas Europeas y Comanav Ferry recayó otra pena valorada en 27.753.647 euros. De todas estas compañías marítimas sólo Baleària continúa a día de hoy operando servicios de pasajeros mientras que las otras cinco quebraron entre 2011 y 2013. Las sentencias, muy similares entre sí en sus fundamentos jurídicos, concluyen en todos los casos que las multas deben anularse por ser contrarias a Derecho. Según el criterio de la sala, parte de las pruebas recabadas en su momento por Competencia para instruir los expedientes fueron declaradas nulas en los anteriores estadios judiciales, sin que el resto tenga suficiente entidad probatoria, a juicio de los magistrados. En los tres casos cabe recurso de casación. La CNC abrió los expedientes en marzo de 2011 y los resolvió en 2012 considerando entonces que las once navieras participaron en reuniones y llevaron a cabo intercambios de información, llegando a acuerdos sobre fijación de precios, comisiones, condiciones comerciales y horarios en las líneas de transporte marítimo de pasaje y carga que unen la península con Marruecos.“El objetivo común del cártel era obtener unos beneficios superiores a los que se obtendrían si todos los operadores implicados hubiesen respetado el funcionamiento del mercado y hubiesen competido en él, en detrimento de los consumidores y usuarios”, dictaminó entonces el organismo nacional. La CNC llegó a afirmar que durante al menos nueve años no hubo competencia.Los magistrados entienden ahora que la decisión de sancionar se tomó con la consideración de toda la documentación recopilada en conjunto, sin discernir entre la que fue obtenida de forma lícita de las que resultaron invalidadas. Un hecho que los magistrados consideran que vulnera la presunción de inocencia, entre otros preceptos. Así consta en la sentencia favorable a IMTC, en cuyo procedimiento intervino como abogado defensor el letrado algecireño Ignacio Castro. Las otras seis compañías que fueron multadas en su día por Competencia –concentradas en otros tres grupos– fueron Trasmediterránea y Europa Ferrys, con 25.516.377 euros;FRS, con 11.106.809 euros y CMA-CGM, Comanav y Comanav Ferry, con 13.834.519 euros. Comanav Ferry formó parte de dos de los seis grupos sancionados. Todas emprendieron trámites judiciales contra la resolución, por lo que en caso de que sus respectivos procedimientos no hayan concluido aún podrán basarse en el criterio de la Audiencia Nacional para que les sea aplicado. Actualmente sólo quedan en el mercado las compañías Trasmediterránea, FRS y CMA-CGM. El resto, al igual que parte de las eximidas ahora de la sanción, quebraron.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios