La Línea

El municipio regulará el uso de los espacios y servicios culturales

  • El reglamento recoge las condiciones en las que se ceden las instalaciones a entidades

  • El museo Cruz Herrera, el Istmo, la Casa de la Cultura y el teatro Velada, los recintos

La corporación municipal dio su visto bueno para que La Línea cuente con un reglamento que regule los servicios culturales que ofrece el Ayuntamiento y los espacios destinados a acoger este tipo de actividades que sean de interés público. En el último pleno se acordó su aprobación inicial, por lo que será publicado en próximas fechas para que cualquier persona pueda presentar alegaciones antes de su aprobación definitiva. Estos espacios previstos en este reglamento son el edificio del Istmo -con la biblioteca y el archivo municipal-, la galería Manolo Alés, la Casa de la Cultura, el museo Cruz Herrera y el teatro Velada. En principio no entra en esta regulación el Palacio de Congresos, ya que según explicó el teniente de alcalde Helenio Lucas Fernández aún no está inscrita como patrimonio municipal el 50% de este espacio que era propiedad privada. Cuando se efectúe la inscripción el Palacio será incluido en esta relación de instalaciones.

El equipo de gobierno argumenta la necesidad de reglamentar el uso de estos equipamientos y servicios culturales para establecer las condiciones en las que se ceden a terceros las instalaciones para la ejecución de actividades. "En estos casos, la falta de una regulación interna puede viciar el uso de estos servicios e instalaciones, por lo que estimamos conveniente ofrecer un marco que describa y regule los servicios culturales que ofrece el municipio y bajo qué condicionantes se cederán a terceros las instalaciones para la ejecución de actividades complementarias. Debido a la protección que debe primar en todo caso sobre las instalaciones donde se ejecutan las actividades, teniendo en cuenta que tal ejecución debe basarse en el interés general de las mismas y bajo un uso responsable, es necesario contemplar un régimen sancionador que permita dotar de recursos a los técnicos municipales adscritos a los servicios para hacer cumplir el correcto uso a quienes se les ceden espacios culturales. Establecer una regulación sobre estos aspectos ofrece una mayor transparencia a los ciudadanos y usuarios de las instalaciones, eliminando posibles arbitrariedades de uso al ser conocido por todas las partes el catálogo de servicios y bajo qué condiciones pueden hacerse uso de los mismos tanto como usuarios como en el caso de entidades organizadoras de actividades", defendió el edil Helenio Fernández.

Este documento recoge las sanciones que deberán afrontar los usuarios que comentan alguna infracción en estas instalaciones. "Las entidades organizadoras deberán cumplir todas y cada una de las instrucciones del personal, que irán dirigidas a mantener un uso sostenible de los diferentes equipamientos culturales, a garantizar la seguridad de las instalaciones, bienes, equipos que lo integran y a garantizar la seguridad de las personas que asistan a las mismas bien como público, como usuarios o como personal actuante", recoge la normativa en su artículo 40. Las sanciones más graves podrán ser penalizadas con multas de hasta 3.000 euros y la prohibición de organizar actividades en espacios municipales por un periodo de entre seis meses y dos años.

Esta reglamentación también compromete al Ayuntamiento a ofertar actividades culturales que cumplan una serie de objetivos prioritarios, como que sean de interés a un amplio número de ciudadanos, que sean de ámbitos que no estén lo suficientemente cubiertos por empresas o particulares, que extiendan el espíritu de innovación y estudio y que contribuyan al desarrollo turístico y cultural de la ciudad.

El régimen para que la iniciativa particular pueda organizar actividades en estos espacios también se regula en la normativa. Las entidades o particulares deberán presentar un proyecto definido de la actividad cultural o artística a desarrollar, con una memoria justificativa, un estudio económico y documentación que estime solicitar el Consistorio. El Ayuntamiento, por su parte, podrá percibir las cantidades resultantes recogidas en la ordenanza o reglamento los gastos de mantenimiento o personal que aporte. A este régimen no estarán sujetas las conferencias, debates, proyecciones o recitales con carácter no escénico que no impliquen cobro al público.

Las asociaciones inscritas en el registro municipal, así como colectivos socio-culturales legalmente establecidos, podrán usar estos espacios de forma gratuita.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios