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Varas de medir

Por el espectáculo drag de Las Palmas no se dictó ninguna medida cautelar de suspensión

Creo que se han usado distintas varas para enjuiciar el anuncio del autobús, fletado por "Hazte Oír. Org" ("los niños tienen pene, las niñas vulva. Que no te engañen") y la actuación en el Carnaval de las Palmas de Gran Canaria de una Drag Queen, primero disfrazada de Virgen, acompañada de penitentes y, luego simulando ser un Cristo crucificado, coronado de espinas y con lanza al costado. En el primero de los casos, el fiscal supone que con el anuncio existe el riesgo de que se cometa un delito de odio. El Juzgado 42 de Madrid dictó la medida cautelar que pedía la acusación y prohíbe circular al autobús del anuncio, aclarando que la dictaba no porque el mensaje incitara al odio y a la discriminación, en lo que se fundamentaba el Fiscal, sino "por poder constituir un mensaje contra la transexualidad". El autobús lo detiene la Policía Municipal, por infringir las ordenanzas sobre publicidad exterior.

En el caso de Las Palmas, la imagen de una Virgen, luego convertida en Cristo Crucificado, no es, como en el caso anterior, que "puede", sino que efectivamente ataca a las creencias de una gran parte de la población. Aquí no se trata de una posibilidad, sino de una realidad incuestionable. La explicación de la reinona, Drag Sethlas y en la vida civil Borja Casillas, de que no pretendía herir ni ofender a nadie es tan poco válida, como exculparse, entendiendo que su actuación se enmarca dentro de la libertad de expresión y que conviene, que todos, abramos un poco la mente. Por este suceso no se dictó ninguna medida cautelar de suspensión y hasta la fecha, la Fiscalía sigue estudiando si abrirá el procedimiento de oficio, al no haber denuncia alguna. Curiosamente, la TV pública, ofreció en directo la actuación, cuyo video luego han borrado. El travestido, que aspira a ser profesor de religión, sería acusado no de blasfemo, que no se contempla como delito en el Código Penal vigente, pero sí del tipificado en el art. 525, que castiga con multa a quienes ofenden los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, o hagan escarnios, de sus dogmas, creencias ritos o ceremonias o vejen también públicamente a quienes lo profesen o practiquen. Pero, según la jurisprudencia, hay que probar la voluntad de ofender.

Ayer el Consejo de Hermandades de Cádiz dictó una nota, que se publicaba en este Diario, condenando esta actuación. Son en Cádiz miles los cofrades que esperaban esa nota del Consejo, por el ataque a sus creencias y por ridiculizarse la estación de penitencia que realizan en la Semana Santa acompañando a los titulares de su cofradía. Supongo que también toda la España cofrade formulará su protesta.

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