Economía

El Constitucional también suspende el impuesto de depósitos bancarios y las tasas judiciales de Cataluña

  • El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso del Gobierno contra la medida con la que Mas esperaba recaudar 500 millones de euros al año.

El Tribunal Constitucional ha suspendido el impuesto a los depósitos bancarios aprobado en Cataluña, al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Gobierno. Esta decisión fue adoptada este martes por el TC en su reunión en pleno, en la que también acordó la suspensión del euro por receta en Cataluña, en atención también a otro recurso interpuesto por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, ha informado hoy el tribunal.

El Ejecutivo de Artur Mas aprobó recientemente la creación de un impuesto sobre los depósitos bancarios con el que esperaba ingresar 500 millones al año, pero el Gobierno anunció su recurso contra esta decisión al considerar que las autonomías no tienen capacidad para fijar un impuesto a dichos depósitos. El pasado 28 de diciembre, el presidente Mariano Rajoy dijo en rueda de prensa que el Gobierno había aprobado una norma por la que el Ejecutivo establecía su propia capacidad para fijar un impuesto a los depósitos bancarios, por lo que no tenía sentido que las autonomía establecieran un impuesto distinto.

En la providencia notificada este miércoles, el pleno del Constitucional admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno y da traslado de su decisión a la Generalitat para que en el plazo de quince días se persone en el proceso y formule las alegaciones oportunas. Conforme a la legislación, y al igual que ha hecho en el asunto del euro por receta, ha dado traslado también de la demanda y de los documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Parlamento de Cataluña.

En aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, y conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, la resolución indica que para las partes del proceso se suspende la aplicación del precepto impugnado desde la fecha en la que se interpuso el recurso del Gobierno (el 28 de diciembre de 2012). La providencia añade que "para los terceros", la suspensión será efectiva desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que comunicará a los presidentes de la Generalitat y del Parlamento de Cataluña.

También suspende la aplicación de las tasas judiciales en Cataluña

El Tribunal Constitucional ha dejado en suspenso la aplicación de las tasas judiciales del Gobierno catalán y con las que la Generalitat preveía recaudar entre 15 y 20 millones de euros anuales y contribuir así a aumentar sus ingresos. El Alto Tribunal ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado el pasado diciembre por el Gobierno español y ha decidido suspender temporalmente esta tasa. En concreto, el Tribunal Constitucional suspende la aplicación del artículo 16 de la ley de acompañamiento de los presupuestos de la Generalitat de 2012, que contemplaba la creación de una "tasa por la prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la administración de justicia". El Constitucional da ahora a las partes 15 días para que puedan hacer las alegaciones oportunas y precisa en su escrito que esta tasa queda en suspenso.

El Gobierno decidió recurrir las tasas judiciales creadas por el gobierno catalán al entender que la Generalitat no podía gravar con una tasa propia algo ya gravado por un tributo estatal. La tasa catalana grava con hasta 120 euros a los usuarios por la prestación de determinados servicios de la justicia, principalmente de las jurisdicciones contencioso-administrativa y civil.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios