Campo de Gibraltar

El TSJA rechaza el recurso del PP sobre la presidencia de la Mancomunidad

  • El PSOE denunció las normas de elección acordadas en la junta de comarca, que considera que favorecieron al PP

La denuncia del PSOE contra las normas de elección de la Presidencia de la Mancomunidad de municipios sigue adelante. Un nuevo auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestima un recurso del PP. El alto tribunal le concedió en marzo un plazo de 15 días para contestar a dicha denuncia.

En el recurso, el PP señala que la Presidencia actual de la Mancomunidad fue acordada en la sesión de 29 de julio de 2015, lo que le dio firmeza. El tribunal lo rechaza al considerar que lo que se está juzgando es el acuerdo del 27 de julio de 2015 de la junta de comarca "que versaba sobre las normas de elección pero no sobre ese segundo acto posterior y por tanto, queda fuera del objeto de recurso".

El PSOE denunció ese acuerdo al considerar que se cambió el criterio de elección de la Presidencia que se contempla en el artículo 8 de los estatutos de la Mancomunidad y que de esta forma se favoreció al PP. En un auto de febrero, el TSJA indica que "esa es la cuestión que debe reservarse para el análisis sustancial o de fondo".

El grupo socialista denunció también ante la Junta electoral Provincial, que se mostró incompetente para resolver la pretensión del PSOE.

Luis Ángel Fernández (PP) fue elegido presidente de la entidad supramunicipal el 29 de julio de 2015 con 16 votos, once de su partido, tres del grupo andalucista y dos de La Línea 100x100. La candidata del PSOE (Gemma Araujo) obtuvo otros tantos votos en aquel Pleno: trece de su grupo, dos de IU y uno de Algeciras Sí Se Puede.

El empate a 16 votos se deshizo basándose en que el cargo de presidente recayera en el candidato que encabezara la lista del partido más votado en el conjunto de los siete municipios del Campo de Gibraltar en las elecciones.

En este caso, y según los resultados electorales de mayo de 2015, el PP fue el grupo con mayor número de votos, aunque la traslación de ediles en cada municipio dejara a los populares con dos concejales menos (11) que el PSOE (13).

Para resolver el desempate, se "se acude al criterio de partido, coalición, federación o agrupación que más votos haya obtenido en los municipios mancomunados", cambiando así los estatutos según el PSOE.

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