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La Línea planta cara al absentismo con multas y trabajos para la comunidad
La Línea planta cara al absentismo con multas y trabajos para la comunidad
La nueva ordenanza establece infracciones con sanciones de entre 90 y 3.000 euros · Contempla además programas de alfabetización y adquisición de habilidades sociales para padres y tutores
Estrella Blanco / La Línea | Actualizado 15.03.2010 - 09:42El absentismo escolar es una lacra contra la que el Ayuntamiento se ha comprometido a luchar. Por ello, ha elaborado una ordenanza municipal con el endurecimiento de medidas y la aplicación de sanciones para reducir el número de alumnos que falta a clase, que el curso pasado se situó en 236.
La ordenanza y el programa municipal de absentismo establecen que se considerará como tal la ausencia de un alumno a clase durante cinco días en Primaria y 25 horas lectivas en Secundaria.
Además, especifica que las sanciones económicas sólo se aplicarán en los casos en los que las medidas preventivas no surtan efecto y ello sin perjuicio de que se remita el expediente al Fiscal de Menores para que pueda formular la correspondiente denuncia.
El principal objetivo del Ayuntamiento, a través de los Servicios Sociales, es reducir el índice de absentismo en el municipio en las edades comprendidas entre los 6 y los 16 años. Aunque la enseñanza obligatoria no afecta a los alumnos de 16 años, el programa municipal de absentismo indica que los centros sí están obligados a comunicar su ausencia a las familias.
Dado que la escolarización de 3 a 5 años tampoco es obligatoria, se sancionarán los casos de absentismo que hayan supuesto la pérdida de plazas a otros menores y en los episodios en los que se considere que hay negligencia en aspectos como la higiene, la alimentación y la educación.
También se actuará en los casos en los que, aunque el número de faltas sea menor al estipulado, haya síntomas de malos tratos, carencias afectivas, falta de atención médica e higiene, dificultades de integración o alimentación inadecuada.
Será el alcalde, Alejandro Sánchez, el que dé el visto bueno a las sanciones, que se dividen en leves, graves y muy graves. Las primeras se refieren a los padres o tutores que no han escolarizado a sus hijos, que no procuran que estos asistan, o que no velan por su adecuada formación y necesidades sanitarias y alimenticias.
Las infracciones consideradas graves son: la reincidencia en las leves; el impedimento de la asistencia del menor a clase; la falta de colaboración con los servicios municipales para la atención de los alumnos expulsados de los centros educativos; y la negligencia de padres y tutores en cuanto a las infracciones que cometan los menores en los centros y que provoque que sean expulsados durante tres días.
Finalmente, serán infracciones muy graves: la reincidencia en las anteriores; las actuaciones de menores que ocasionen daño a otras personas y que deriven en comportamiento antisocial; consumo de drogas y otros; el impedimento por parte de los padres o tutores del desarrollo de las actuaciones de profesionales que intervengan para mejorar la situación del menor; la negligencia de los padres o tutores ante las infracciones de los alumnos si la expulsión del centro supera los diez días y encima es reincidente; y la retirada del menor del sistema educativo obligatorio para obtener algún beneficio.
Las sanciones que establece la ordenanza son de 90 a 750 euros si la infracción es leve, de 751 a 1.500 si la infracción es grave y de 1.501 a 3.000 euros si es muy grave.
Los técnicos municipales tienen que realizar un informe para ver si la familia multada dispone de recursos económicos. Si no es así, hay otra alternativa al pago, que es la realización de trabajos en beneficio de la comunidad y programas de sensibilización, dirigidos tanto a adultos como menores. Además, si los infractores han cometido supuestamente un ilícito penal su caso será derivado a la Fiscalía de Menores.
Dichos trabajos en beneficio de la comunidad irán destinados a mejorar y recuperar lugares públicos del municipio o la gestión de servicios, teniendo prioridad tareas relacionadas con el mantenimiento y limpieza de los centros educativos.
Además, también se contempla la asistencia de los padres o tutores al Centro de Educación de Adultos para alfabetización, adquisición de habilidades sociales y obtención del título de la ESO o FPO, entre otras cosas.
La ordenanza es clara sobre el dinero recaudado por las multas. El 65% será para reparaciones y adquisición de medios y material en los centros, mientras que el resto se empleará en el desarrollo de campañas de sensibilización y jornadas formativas.
La ordenanza y el programa municipal de absentismo establecen que se considerará como tal la ausencia de un alumno a clase durante cinco días en Primaria y 25 horas lectivas en Secundaria.
Además, especifica que las sanciones económicas sólo se aplicarán en los casos en los que las medidas preventivas no surtan efecto y ello sin perjuicio de que se remita el expediente al Fiscal de Menores para que pueda formular la correspondiente denuncia.
El principal objetivo del Ayuntamiento, a través de los Servicios Sociales, es reducir el índice de absentismo en el municipio en las edades comprendidas entre los 6 y los 16 años. Aunque la enseñanza obligatoria no afecta a los alumnos de 16 años, el programa municipal de absentismo indica que los centros sí están obligados a comunicar su ausencia a las familias.
Dado que la escolarización de 3 a 5 años tampoco es obligatoria, se sancionarán los casos de absentismo que hayan supuesto la pérdida de plazas a otros menores y en los episodios en los que se considere que hay negligencia en aspectos como la higiene, la alimentación y la educación.
También se actuará en los casos en los que, aunque el número de faltas sea menor al estipulado, haya síntomas de malos tratos, carencias afectivas, falta de atención médica e higiene, dificultades de integración o alimentación inadecuada.
Será el alcalde, Alejandro Sánchez, el que dé el visto bueno a las sanciones, que se dividen en leves, graves y muy graves. Las primeras se refieren a los padres o tutores que no han escolarizado a sus hijos, que no procuran que estos asistan, o que no velan por su adecuada formación y necesidades sanitarias y alimenticias.
Las infracciones consideradas graves son: la reincidencia en las leves; el impedimento de la asistencia del menor a clase; la falta de colaboración con los servicios municipales para la atención de los alumnos expulsados de los centros educativos; y la negligencia de padres y tutores en cuanto a las infracciones que cometan los menores en los centros y que provoque que sean expulsados durante tres días.
Finalmente, serán infracciones muy graves: la reincidencia en las anteriores; las actuaciones de menores que ocasionen daño a otras personas y que deriven en comportamiento antisocial; consumo de drogas y otros; el impedimento por parte de los padres o tutores del desarrollo de las actuaciones de profesionales que intervengan para mejorar la situación del menor; la negligencia de los padres o tutores ante las infracciones de los alumnos si la expulsión del centro supera los diez días y encima es reincidente; y la retirada del menor del sistema educativo obligatorio para obtener algún beneficio.
Las sanciones que establece la ordenanza son de 90 a 750 euros si la infracción es leve, de 751 a 1.500 si la infracción es grave y de 1.501 a 3.000 euros si es muy grave.
Los técnicos municipales tienen que realizar un informe para ver si la familia multada dispone de recursos económicos. Si no es así, hay otra alternativa al pago, que es la realización de trabajos en beneficio de la comunidad y programas de sensibilización, dirigidos tanto a adultos como menores. Además, si los infractores han cometido supuestamente un ilícito penal su caso será derivado a la Fiscalía de Menores.
Dichos trabajos en beneficio de la comunidad irán destinados a mejorar y recuperar lugares públicos del municipio o la gestión de servicios, teniendo prioridad tareas relacionadas con el mantenimiento y limpieza de los centros educativos.
Además, también se contempla la asistencia de los padres o tutores al Centro de Educación de Adultos para alfabetización, adquisición de habilidades sociales y obtención del título de la ESO o FPO, entre otras cosas.
La ordenanza es clara sobre el dinero recaudado por las multas. El 65% será para reparaciones y adquisición de medios y material en los centros, mientras que el resto se empleará en el desarrollo de campañas de sensibilización y jornadas formativas.


