La Línea

Una ayuda con muchas obligaciones

  • Además del adelanto de la PIE, el Ayuntamiento de La Línea espera la concesión de un crédito de 59 millones para el remanente negativo de tesorería, lo que implica varias condiciones

Una vez que el Ayuntamiento de La Línea ya tiene en su poder los 15 millones de euros correspondientes al adelanto de la participación de los impuestos del Estado (PIE) el Consistorio aguarda ahora la respuesta a la solicitud de préstamo para el remanente negativo de tesorería, fijado en 59 millones de euros, lo que conlleva una serie de medidas de ajuste, varias de las cuales ya están aprobadas en Pleno.

La aplicación de estas medidas contempladas en el Real Decreto-ley 8/2013 conlleva condiciones de dos tipos: unas medidas comunes, independientemente de la tipología de medida que se adopte, y otras medidas adicionales a las anteriores según la medida que se haya elegido aplicar. En el caso de La Líneas es el adelanto de la PIE y este crédito para el remanente negativo de tesorería para gastos generales. Por el adelanto de la PIE el Consistorio no podrá incrementar la deuda con los acreedores públicos y deberá atenderse las obligaciones corrientes que se generen con estos.

Las medidas a las que ya se ha acogido el Ayuntamiento de La Línea están la reducción de al menos el 5 % de los gastos de funcionamiento de los capítulos 1 (gastos de personal) y otro tanto en el capítulo 2 (gastos generales) en el presupuesto de este año. Además, obliga a la financiación íntegra de los costes de los servicios mediante tasas y precios públicos con arreglo a los siguientes hitos: en el primer año para cubrir como mínimo el 50% del coste del servicio de que se trate, el 75% de cobertura de coste para el segundo año y el 100% de cobertura en el tercer año.

Tampoco se podrán suprimir tributos y sólo se podrán adoptar medidas de incremento en las cuotas de cada tributo, con especial referencia al impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) sobre el que se deben aprobar tipos impositivos que garanticen la cuota íntegra obtenida en el ejercicio anterior, es decir, que las medidas de ajustes impiden la aprobación de nuevas bonificaciones en tributos y limita la reducción de tipos en el IBI.

Otra de las medidas a adoptar por el Ayuntamiento es que no podrá constituir nuevos organismos, sociedades, consorcios, fundaciones o cualquier otro ente o entidad. De hecho hay dos sociedades municipales que siguen su proceso de liquidación: Somdeco y el Matadero. El Consistorio sólo cuenta con una sociedad municipal, Emusvil, y el plan de ayudas contempla que sociedades que se encuentren en situación de desequilibrio financiero serán disueltas automáticamente el 1 de agosto de 2015 si no lo acuerda antes el municipio.

Una de las condiciones más polémicas de este Real Decreto-ley es que se establece la imposibilidad de llevar a cabo más de una prórroga del presupuesto, de tal forma que incluso si existe previamente un presupuesto prorrogado y el Pleno no aprueba un nuevo presupuesto, será la Junta de Gobierno Local la que tenga la competencia para su aprobación. En los presupuestos, además, se debe incluir una memoria con justificación expresa sobre la estimación de ingresos ordinarios y extraordinarios.

Al financiar el remanente negativo con un préstamo a largo plazo, como es la intención del Ayuntamiento linense, el Consistorio debe someter a informe previo y vinculante del Ministerio de Hacienda la aprobación de los Presupuestos.

Entre las medidas el Consistorio también tuvo que solicitar su inclusión para la regularización catastral, que contempla un coeficiente de actualización del 1,10 según la de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014. La aplicación de estos coeficientes podía suponer un incremento del valor catastral que afectaría a la cuota del IBI, aunque en el caso de La Línea el equipo de gobierno optó por mantener el valor de 2013.

Los 15 millones de la PIE y el préstamo para tesorería, en caso de que sea aprobado, estarán en una cuenta restringida de la que la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda puede llegar a ordenar su bloqueo. El Ayuntamiento debe remitir al Ministerio de Hacienda, con una periodicidad trimestral, el detalle de los movimientos producidos en esa cuenta.

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