España

Guerra abierta entre Garzón y la Fiscalía por la causa del franquismo

  • El juez rechaza el recurso del fiscal Zaragoza contra su decisión de declararse competente para investigar los crímenes de la guerra y la dictadura · La Fiscalía considera que los delitos han prescrito

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón y el fiscal jefe, Javier Zaragoza, han abierto una lucha sin cuartel por la causa del franquismo. El magistrado ha rechazado el recurso del segundo y éste ha acudido a la Sala de lo Penal para que declaren incompetente a Garzón para investigar las desapariciones y los crímenes en la Guerra Civil y el franquismo.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 ha recriminado en un auto a Zaragoza haber presentado un recurso de apelación, es decir, dirigiéndose a la Sala de lo Penal, contra su decisión de declararse competente para investigar las desapariciones, en vez de hacerlo en reforma, es decir, presentándolo ante él, como indica la ley. Por ello, rechaza el recurso y le da tres días de plazo para que presente uno en reforma.

Garzón explica que al convertir la causa de diligencias previas a sumario -al ser los delitos que persigue superiores a nueve años de cárcel- el camino legal es presentar el recurso ante el propio juez instructor. Sin embargo, el fiscal le da otra lectura. Si el juez convirtió la causa fue para retrasar la decisión de la Sala y, mientras tanto, proceder a la exhumación de las fosas.

El juez hace, principalmente, dos críticas al fiscal por su recurso. Primero, que lo hiciera en apelación teniendo conocimiento ya que la causa se había convertido en sumario y tenía que presentar el recurso ante él. Y segundo, por insinuar en su recurso que el objeto de transformar la investigación en sumario es una "triquiñuela" para retrasar los plazos.

"Resulta inaceptable y se rechaza con la mayor contundencia la afirmación del recurrente de que la no admisión a trámite de la apelación interpuesta contravendría las reglas de la buena fe procesal. El Ministerio Fiscal debería tener en cuenta que con su actitud al formular el recurso, que sabía iba a ser rechazado, iba dilatar el procedimiento, aunque diga lo contrario e impute al instructor tal hecho", subraya Garzón.

"Inmediatamente después de declarse competente y sin haber cursado ni una sola de las diligencias reseñadas, la primera decisión que tomó el juez instructor fue la de transformar el procedimiento en sumario. Según la teoría del fiscal, también tales diligencias deberían tomarse según el régimen del procedimiento abreviado, lo cual no dejaría de ser un absurdo", recalca Garzón.

El magistrado considera que negarse a convertir el caso en sumario es "privar al resto de las partes de la posibilidad de impugnar el recurso y desarrollar todos los derechos que la ley les otorga de sus intereses procesales".

El fiscal, sin embargo, no se ha cruzado de brazos y anticipándose a esta última decisión de Garzón presentó otro recurso ante la propia Sala de lo Penal basándose en el artículo 23 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre la competencia de la Audiencia.

Inmediatamente después, el Pleno, compuesto de 16 magistrados, se reunió y acordó estudiar este recurso y dar traslado a las partes para que informen al respecto. Lo previsible es que éstas informen en contra porque apoyan la decisión de Garzón, que la solicitaron.

En su recurso, el fiscal vuelve a hablar de la incompentecia de la Audiencia Nacional de investigar delitos de detención ilegal al corresponder a los diferentes órganos judiciales territoriales de los lugares donde se hayan cometido.

Además, considera que estos delitos han prescrito y han sido amnistiados por la Ley de Amnistía de 1977. Incluso, si todavía estuviera vigente ni siquiera la Audiencia Nacional podría investigar este caso por el otro delito que quiere perseguir, el delito contra la forma de Gobierno. A su juicio sería competencia del Tribunal Supremo, al ser la responsabilidad penal del presidente y miembros del Gobierno.

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