Campo de Gibraltar

Piden 8 años de inhabilitación y dos de prisión para Rojas y Rodríguez

  • El exalcalde y exconcejal de Urbanismo están acusados de prevaricación La denuncia tiene origen en la licencia de un local

Gonzalo Fernández Jordá, fiscal de la sección de Medio Ambiente y Urbanismo, solicita para el exalcalde Alonso Rojas y el exconcejal de Urbanismo, Antonio Rodríguez, penas de ocho años de inhabilitación especial para cargo público y dos años de prisión por delitos de prevaricación y de omisión del deber de perseguir delitos. Rojas y Rodríguez están incluidos, junto al funcionario F.J.F.R. -para el que solicita las mismas penas- como acusados en una demanda iniciada por un ciudadano contra el denominado Café Bar Juma por los ruidos y molestias provocadas entre el año 2006 y 2011. El fiscal también pide tres años de prisión, inhabilitación especial para profesión u oficio por dos años y una multa de 7.300 euros para la propietaria del establecimiento, E.S.J., a la que se acusa de un delito contra el medio ambiente de grave peligro por ser relativo a la salud de las personas, y dos delitos de lesiones.

Los hechos que se juzgan y que se están dirimiendo en el Juzgado de Instrucción número 1 de Algeciras a la espera de que se fije la fecha de la vista oral, comenzaron en el año 2006, cuando el citado establecimiento, ubicado en la calle Gerardo de Diego, cambió de titularidad y solicitó nueva licencia de apertura. El Ayuntamiento de Los Barrios concedió la licencia en diciembre de 2007 para el desarrollo de una actividad de cafetería. El escrito del fiscal señala que este bar, antes de que tuviera la licencia y hasta que cesó su actividad de forma voluntaria, no realizó la actividad para la que había sido autorizada con las condiciones y requisitos legales y administrativos fijados referidos a horario de apertura, volumen de ruidos, emisión de humos y olores.

Según el escrito de acusación, "desarrolló su actividad utilizando medios audiovisuales reproductores de música y ruido (hasta tres televisores) y otros aparatos sujetos a requisitos más rigurosos para preservar el descanso de los vecinos, tanto por los mayores ruidos y vibraciones propios de la actividad como por el horario, que superaban con creces los límites normativamente establecidos, infringiendo la normativa administrativa reguladora de este tipo de actividades", añade el fiscal.

El informe redactado por Fernández Jordá, con fecha de 8 de junio de 2016, señala que entre el 31 de mayo de 2006 y el 26 de agosto de 2009 se registraron un total de 15 quejas o denuncias en el Ayuntamiento de Los Barrios por los "ruidos intolerables" y vibraciones provocados por el establecimiento en cuestión y otras irregularidades.

Las diligencias previas señalan que en agosto de 2007, y por decreto de Alcaldía, se acordó la inmediata paralización de la actividad de bar y restaurante por carecer de licencia municipal de apertura, aunque según afirma el fiscal, este decreto nunca fue ejecutado. Posteriormente, en diciembre de ese mismo año, le fue concedida licencia de cafetería.

Dos años más tarde, las quejas de los vecinos llegaron a la oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, que solicitó al Ayuntamiento de Los Barrios de forma reiterada la adopción de medidas correctoras sobre la actividad desarrollada por la acusada, llegando a ser calificada de clandestina.

Un año antes se había puesto el caso en conocimiento de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Cádiz, lo que dio lugar al correspondiente expediente de protección ambiental, notificado al Ayuntamiento.

En 2009, y ante la persistencia de los ruidos ilícitos que imposibilitaban el descanso, la Consejería de Medio Ambiente realizó mediciones los días 24 y 25 de septiembre de 2009. Dichas mediciones pusieron de manifiesto, según el fiscal, que los ruidos procedentes del Bar Jumna superaban en seis decibelios, y en algunos casos más de diez, el máximo permitido.

El fiscal concreta que la continuada exposición a los ruidos ilícitos procedentes del establecimiento desde el año 2006 y hasta febrero de 2011 ha generado una posibilidad de grave perjucio en la salud de los vecinos, habiendo sufrido éstos constantes molestias. Concluye el ministerio fiscal que estos tres acusados, a los que también se les exige indemnizaciones, eran conocedores de los expedientes, las quejas y las denuncias presentadas.

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