Campo de Gibraltar

El juez imputa a Rojas y 4 ediles de su gobierno por el caso de La Gertrudis

  • El Juzgado intuye delito urbanístico y contra el medio ambiente en el desmonte del suelo barreño · Entre los investigados, la delegada de Cultura, un consejero de Arcgisa y una concejal de la actual Corporación

El exalcalde barreño Alonso Rojas y otros cuatro ediles del Partido Socialista que formaban parte del gobierno municipal en 2006 han sido imputados dentro del proceso judicial en fase de diligencias previas que investiga la concesión de la licencia de obras que autorizó el desmonte de la finca La Gertrudis, donde se proyectó el Parque de Innovación Empresarial (PIE), junto a la A-381.

A los cinco se les imputan delitos contra la ordenación del territorio y el urbanismo así como contra los recursos naturales y el medio ambiente tipificados por el Código Penal con penas de prisión, multas e inhabilitación en diversos grados. Otras tres personas, técnicos municipales de diverso rango, también constan como imputadas en la providencia notificada a las partes esta misma semana y a la que ha tenido acceso Europa Sur. El proceso, que lleva el Juzgado de Instrucción número 1 de Algeciras, parte de una denuncia del Partido Andalucista de 2007 al entender que la calificación del suelo en vigor en aquel momento no permitía los movimientos de tierra desarrollados.

Además de Rojas, los políticos imputados son los entonces ediles Antonio Rodríguez, Yolanda Peinado, Pilar Olivares y Miguel Ángel Rodríguez Palomo. Tres de ellos mantienen atribuciones públicas: Antonio Rodríguez es consejero delegado de la empresa mancomunada Arcgisa y en ese momento gestionaba Urbanismo; Yolanda Peinado ocupa el cargo de delegada provincial de Cultura de la Junta de Andalucía y Pilar Olivares es concejal en el actual mandato en el ámbito de la oposición. Rodríguez Palomo dejó la política activa en 2007 y Alonso Rojas cesó del cargo por la condena judicial que le inhabilitó por desobediencia a la Justicia (caso Dytras). En función de los testimonios que se aporten a partir de ahora, el juez decidirá si continúa adelante con la causa -en caso confirmar los indicios de delito sobre uno o varios imputados- o la archiva. La providencia también solicita al Ayuntamiento una copia del decreto de la licencia.

La actuación judicial se retrotrae al 18 de agosto de 2006, fecha en la que la junta de gobierno local concedió licencia de obras a una empresa local para ejecutar el desmonte previo a la urbanización de la entonces finca pública La Gertrudis (32 hectáreas) donde el gobierno local socialista promovía una zona para acoger actividades industriales. Los andalucistas y varios colectivos ecologistas denunciaron por separado los movimientos de tierra que comenzaron a los pocos meses al entender que se estaba actuando sobre un suelo que no estaba clasificado como industrial. De hecho, no obtuvo dicha tipología hasta la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística (2008). En el momento en que comenzaron los trabajos las parcelas estaban catalogadas como suelo rústico (PGOU de 1986). Las obras fueron paralizadas cautelarmente en 2009 por una orden judicial a raíz del proceso abierto por los grupos ecologistas y 28 denunciantes a título particular.

Los ediles imputados son todos los que estaban presentes en dicha reunión -aprobaron la licencia por unanimidad- y los técnicos facultaron y firmaron los informes que ampararon la actuación. El juzgado solicita que se identifique qué cargo ocupaba cada uno de los ocho imputados dentro de la función pública en la fecha de referencia y que se realicen las labores necesarias para notificarles la imputación con el fin de poder llamarles para declarar.

Parte de las actuaciones en La Gertrudis fueron llevadas a cabo desde el entramado de empresas municipales hoy disueltas (GAMA, principalmente), en todo caso presididas por el entonces alcalde. Rojas sostuvo en varias ocasiones ante este periódico que las actuaciones tuvieron amparo legal conforme a la situación de la finca y que sólo fueron una limpieza de la parcela.

El Código Penal establece para los delitos contra la ordenación territorial unas penas de prisión que oscilan entre un año y seis meses a cuatro años; multa de 12 a 24 meses e inhabilitación de uno a cuatro años (artículo 319.1) para los promotores, constructores o técnicos directores de obras que contravengan la Ley. En el caso de autoridades o funcionarios públicos que informen favorablemente, las penas de prisión y multa previstas son las mismas si bien la inhabilitación prevista va de siete a diez años (artículo 320). Para los delitos contra el medio ambiente (artículo 325) las penas de prisión oscilan entre dos y cinco años; las multas de ocho a 24 meses y la inhabilitación de uno a tres años.

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