El TSJA da la razón a unos padres para escoger la plaza escolar
El TSJA da la razón a unos padres para escoger la plaza escolar
El tribunal dice que el derecho a elegir colegio prevalece al problema de masificación
R. S. | Actualizado 29.05.2008 - 17:43El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido a unos padres el derecho a tener una plaza escolar en el colegio concertado que deseen porque prevalece su derecho constitucional a elegir el tipo de educación de sus hijos sobre el problema de masificación del centro.
El TSJA, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, dice que hay que "ponderar los intereses en conflicto" y considera más importante "el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones". Frente a ello, "no existe dato objetivo que determine un perjuicio del interés general por la mayor escolarización de menores en el centro", añade la sentencia.
Los jueces otorgan a los padres, representados por la letrada Carmen García Díaz, derecho a que su hija tenga plaza en el colegio concertado de Los Remedios que habían pedido, en una sentencia que no entra a valorar los argumentos que utilizó la Junta de Andalucía para rechazar la solicitud. La Sección Tercera de lo Contencioso denuncia "la penosa realidad de unos niños a los que, pese al decir solemne de la Constitución, se les niega el derecho a iniciar sus estudios en el colegio que sus padres eligen por falta de plaza".
El TSJA, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, dice que hay que "ponderar los intereses en conflicto" y considera más importante "el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones". Frente a ello, "no existe dato objetivo que determine un perjuicio del interés general por la mayor escolarización de menores en el centro", añade la sentencia.
Los jueces otorgan a los padres, representados por la letrada Carmen García Díaz, derecho a que su hija tenga plaza en el colegio concertado de Los Remedios que habían pedido, en una sentencia que no entra a valorar los argumentos que utilizó la Junta de Andalucía para rechazar la solicitud. La Sección Tercera de lo Contencioso denuncia "la penosa realidad de unos niños a los que, pese al decir solemne de la Constitución, se les niega el derecho a iniciar sus estudios en el colegio que sus padres eligen por falta de plaza".
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EL TSJA HA RECONOCIDO ESTOS DERECHOS Y NO SOLO PARA LOS COLEGIOS CONCERTADOS. ¿PORQUE ESTE AÑO PASA LO MISMO Y EL TSJA NO OBLIGA A LA JUNTA DE ANDALUCÍA QUE QUITE LA RATIO?
Que la junta diga lo que le cuesta a los andaluces un niño en el modelo público y un niño en el modelo concertado. Un niño en el modelo público nos cuesta casi el doble que un niño en el modelo concertado. Si a la junta no le interesan los colegios concertados que le retiren el conciero a estos, pero eso si van a tener que contruir unos pocos de colegios para absorber la demanda.
Toda la vida hemos estudiado 35-40 niños en las clases y ahora somos médicos, ingenieros, abogados, profesores. A menor número de alumnos más calidad en la enseñanza? Y lo de abrir nuevas líneas en centros que la soliciten, también disminuye la calidad.