Algeciras

La Junta tarda en tramitar las ayudas al alquiler el triple del tiempo estipulado

  • Los solicitantes reciben la respuesta de Vivienda hasta seis meses después de pedirlas

El Gobierno y la Junta de Andalucía vendieron en su día la puesta en marcha de la Renta Básica de Emancipación como la solución perfecta a dos problemas: la escasa tradición del alquiler en España y las dificultades que encontraban los jóvenes para dejar el hogar familiar. Pero, a la hora de la verdad, la burocracia hizo estragos. Porque los impedimentos para la concesión de esta ayuda convirtieron las buenas intenciones en interminables papeleos y retrasos en la gestión de las subvenciones.

De hecho, la delegación provincial de Cádiz de la Consejería de Vivienda tarda en responder a los solicitantes el triple del tiempo estipulado por el Ejecutivo. Así, los jóvenes de Algeciras no reciben el primer dictamen de la administración hasta seis meses después de haber remitido la documentación exigida al Gobierno regional -a pesar de que el propio Ministerio de Vivienda estableció un plazo máximo de dos meses-.

Las demoras responden básicamente al elevado número de solicitudes enviadas a la Junta de Andalucía (encargada de la gestión de las ayudas), que sobrepasaron las previsiones estipuladas por los diferentes organismos participantes. Así, el nivel de trabajo es tan alto que los técnicos de la Consejería no introducen físicamente los datos en la base de datos informática hasta cuatro meses después de la entrega de los formularios de solicitud en los registros de la administración.

Por tanto, los vecinos de la ciudad que cumplen las condiciones previstas por la normativa vigente se encuentran con que no reciben la prestación hasta mucho después de haberla pedido. Una situación que provoca que una gran parte de los jóvenes no se decidan a emanciparse, ya que no pueden mantenerse durante dicho periodo con sus propios recursos.

El Ejecutivo nacional puso en marcha esta subvención en 2007 y entró en vigor a principios de 2008. El Gobierno central estableció una serie de condiciones para poder ser uno de los beneficiarios de esta prestación: tener entre 22 y 30 años, disponer de un salario inferior a los 22.000 euros brutos anuales (incluyéndose también a los autónomos, becarios de investigación y perceptores de la subvención por desempleo o de una pensión por discapacidad); acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad; y ser el titular del contrato de arrendamiento.

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