Algeciras

Al menos una de cada cinco viviendas de Algeciras tiene más de 40 años

  • Es la antigüedad a la que, según la ordenanza de inspección de edificios, deben someterse a una revisión de conservación Además el 25% de los domicilios está cerca de ese límite

El pasado 10 de abril una familia tuvo que abandonar su vivienda en un bloque de la calle Mediterráneo, en La Piñera. Se había producido un desprendimiento del techo. Los vecinos contaron que no era el primer piso del edificio en el que sucedía. Se nota el paso del tiempo en ese inmueble, que presenta un deterioro evidente.

¿Cuántos años tienen los edificios de Algeciras? Pues resulta que se puede obtener una respuesta bastante aproximada. Y es que justamente el Instituto Nacional de Estadística (INE) acaba de publicar el censo de viviendas, actualizado a fecha de finales de 2011. Se trata de la relación de viviendas principales, es decir, aquellas registradas como domicilio de residencia en el que se constituye la unidad familiar. En Algeciras figuran un total de 42.692.

La pregunta de cuántos años tienen, como media, los inmuebles del municipio se puede contestar echando un vistazo a ese censo, que además está bastante actualizado. Dicho queda, no están recogidas las viviendas construidas en 2012 y 2013, aunque se puede asumir que éstas serán pocas por mor del estancamiento del sector de la construcción, al margen de que las ventas no son las de antes.

Uno de los datos que deja el censo de viviendas principales es que en Algeciras hay registradas 9.335 con más de 44 años. Eso significa, por lo tanto, que al menos el 21,8% de los domicilios del municipio se construyeron hace más de esos 44 años. Es decir, en cálculos redondos, uno de cada cinco.

La expresión al menos el 21,8% obedece a que el censo, entre las 42.692 viviendas que señala que hay en Algeciras, tiene 1.315 de las que no consta su año de construcción. La elección de separar los hogares entre los que tienen más o menos de 44 años responde a que las estadísticas están agrupadas por décadas. En consecuencia, para valorar la antigüedad o no de las viviendas hay que llegar hasta 1970, porque el siguiente grupo es el formado por aquellas edificadas entre 1971 y 1980.

La determinación de que un domicilio es antiguo cuando tiene unos 40 años no es caprichosa. Justamente este año ha entrado en vigor en Algeciras una ordenanza de inspección técnica de edificios. Es la aplicación de lo que ordena el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio. El Real Decreto-ley estipula que debe someterse a ese examen a los edificios de una antigüedad superior a 50 años, salvo que las comunidades fijen una distinta, lo que ha ocurrido en Andalucía, establecida en los mencionados 40 años.

Cabe por tanto concluir que al menos una de cada cinco viviendas de Algeciras tiene al menos 40 años, es ya antigua.

Otro dato a observar es que la década en la que más pisos se construyeron que ahora sean vivienda principal de los algecireños fue la de los 70. En esos años se hicieron 11.485 casas que en las que en estos momentos residen familias. Significa un 26,9%, más o menos una de cada cuatro. Significa también, en consecuencia, que además hay un importante número de domicilios en Algeciras que están en ese límite para empezar a ser considerados antiguos.

El censo, por lo demás, ofrece interesantes aportaciones. Pone por ejemplo negro sobre blanco cómo se tradujo el boom del ladrillo en la ciudad. Los datos: en Algeciras hay registradas 14.705 viviendas principales que fueron construidas entre 1991 y 2008, es decir, un 34,4% del total, de nuevo en cálculos redondos, una de cada tres. Es más, si sólo se atiende a los domicilios construidos entre 2004 y 2008, hay 6.209, o sea, el 14,5% de los del municipio.

La estadística también ofrece los efectos del estallido de la burbuja inmobiliaria. Sólo recoge que haya 466 viviendas principales en Algeciras que fueran construidas después de 2008.

Es oportuno recordar que las inspecciones técnicas deben asegurar el "buen estado" y la "debida conservación" de los edificios. La revisión ha de "evaluar la adecuación de los inmuebles a las condiciones legalmente exigibles de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato" así como "determinar las obras y trabajos de conservación que se requieran para mantener los inmuebles en el estado legalmente exigible y el tiempo señalado al efecto".

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