Andalucía

Derecho a Vivir se querella contra Montero y el hospital por retirar la sonda a una enferma

  • La asociación explica que Ramona Estévez "no morirá por el derrame cerebral sino de inanición, algo que no se debe admitir en nuestro ordenamiento jurídico".

La Asociación Derecho a Vivir ha presentado este miércoles una querella en los juzgados de Huelva contra la consejera de Salud, María Jesús Montero, y la dirección y el personal médico del hospital Blanca Paloma de Huelva por la retirada de la sonda nasogástrica a la paciente Ramona Estévez. 

A esta mujer, que este miércoles cumple 91 años y está en coma irreversible desde que el pasado 26 de julio sufriera un derrame cerebral, le fue retirada la sonda en aplicación de la Ley de Muerte Digna de Andalucía el pasado 23 de agosto tras la intervención de la Consejería de Salud al entender que el rechazo al tratamiento, solicitado por su familia por expresa voluntad de la paciente, está "perfectamente" recogido en el texto legislativo. 

En declaraciones a los periodistas a las puertas de la Audiencia Provincial de Huelva, el letrado de la asociación, Nicolás Morón, después de mostrar su solidaridad para con la paciente y su familia, ha subrayado que la actuación del colectivo "responde a cuestiones de carácter jurídico", entendiendo que la actuación desarrollada en relación con esta paciente "no se corresponde" con los principios que han de regir el ordenamiento jurídico. 

Ha explicado que la querella recoge la comisión de dos posibles delitos, uno el de omisión del deber de socorro imputable a la consejera, a la dirección del centro y al personal sanitario, y otro delito del artículo 143 del Código Penal en relación a la inducción al suicidio. 

"Entendemos que se adoptan por parte de la consejera disposiciones en virtud de las cuales se ayuda a morir de forma directa y no por razón de su enfermedad a esta mujer, la paciente no va a morir por el derrame cerebral sino de inanición, de hambre y de sed, algo que no debe admitirse en nuestro ordenamiento jurídico", ha explicado Morón, quien ha apostillado que desde DAV se considera que esto es "un acto eutanasia activa directa y encaminado a causar la muerte". 

Tampoco consideran que sean de aplicación los atenuantes recogidos en ese artículo 143 puesto que "no existe y no se ha acreditado el carácter irreversible de la paciente y ni la petición seria, constante y reiterada de ésta de que no le fueran aplicados no tratamientos médicos, sino un tratamiento básico alimenticio e hidratación como es la soda nasogástrica". 

Morón ha explicado que las actuaciones que está llevando a cabo la DAV no pueden ser confundidas con un "ensañamiento médico" sino por el contrario "con las más elementales actuaciones del cuidado básico de una persona". 

En la querella se solicita a la autoridad judicial la adopción de las medidas cautelares de forma "inmediata" para que "la situación irreversible en que se transformaría el caso de Ramona si fallece se evite", a la espera del pronunciamiento de los tribunales. 

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