historias de algeciras

La medicina (LIX)

  • Fracasa en la ciudad un proyecto para disponer viviendas baratas para los obreros. Muere un niño en una huerta del río de la Miel al caerle encima agua hirviendo

En el número 16 de la calle Alfonso XI, tenía su domicilio el médico José Gómez.

En el número 16 de la calle Alfonso XI, tenía su domicilio el médico José Gómez.

Dejando a un lado la tradicional tardanza administrativa decimonónica en la resolución de los expedientes en nuestro país, con la consiguiente crítica reflejada ampliamente en los diferentes campos de la literatura, volvemos a la exposición del escrito de defensa que el cuestionado médico, avecindado en nuestra ciudad, don José Gómez, había integrado dentro del expediente aclaratorio que pretendía dilucidar en sede municipal, su buena o mala praxis. Prosigue el citado manifiesto: “Mi deber nacido del contrato consistía tan solo en asistir gratuitamente á los pobres de mi distrito, y ninguno de ellos se ha permitido dirigir sus quejas contra mí, pués aunque fuese pobre que yo lo ignoro, aunque fuese de las comprendidas en la asistencia gratis, que ni lo sabía, ni lo sé, y aunque perteneciera á mi distrito, lo cual ignoro de la propia suerte, no debía encargarme de la asistencia de Francisca Fabre por las razones que dejó apuntadas”.

El incidente acontecido con la citada señora, así como la declaración de esta y sus respectivos testigos, fue recogida en la pasada entrega; aunque a modo de recordatorio, el galeno cuestionado basaba básicamente su defensa en la intervención del médico forense: “Quién tiene la obligación de reconocerla, encargarse de su asistencia y de dar al juzgado respectivamente el parte correspondiente...”.

Mientras el galeno señalado insiste ante las instancias municipales en defender su buen nombre y profesionalidad, en nuestra ciudad se intenta promover un proyecto bajo el título de Sociedad de Viviendas Baratas, que de llevarse a buen termino redundará en una mayor higiene y salubridad en los hogares de las familias más humildes.

La citada iniciativa se trataba de impulsar mediante el siguiente manifiesto: “La Sociedad de Viviendas Baratas, que este es el título de la nueva fundación, dispone ya de varias casas donde los obreros viven pacífica y cómodamente, pagando una renta módica, y contribuyendo á la moralización de los barrios en que aquellas viviendas existen, y en cuyos barrios por circunstancias bien conocidas por todos, buscan guaridas personas nada recomendables en todos los aspectos”. El proyecto al parecer, de gran éxito en otras poblaciones donde el movimiento obrero estaba más arraigado, no encontraría en Algeciras el suficiente apoyo. Entre otras, necesitaba del general concurso de la sociedad local que no consiguió, prosiguiendo el citado manifiesto: “Si por circunstancias especiales de los que pueden, no hubiera nadie en esta población que bajo el régimen de asociación aportara cantidades para la compra de terrenos para cederlos en propiedad a los obreros después de cubrir las sumas que importara la construcción de las casas, ya saben los obreros a que atenerse, únanse y verán como unidos y compactos llegan a cuanto se propongan”. De regreso al escrito de defensa del médico Gómez, el protagonista del expediente aclaratorio proseguía: “Si de otra corporación se tratase, si los individuos que componen este Ayuntamiento no fuesen por sus circunstancias personales tan merecedores de mi más distinguida consideración, acaso hubiera podido sospechar que ese expediente, no tiene por objeto esclarecer mi conducta, sino buscar una manera de hacer hueco para mi sustitución por otro profesor que lo codicia; pero idea tan mezquina no puede albergar mi ánimo porque no me es lícito recelar que los señores Concejales tratasen por un medio que pudiera parecer reprobado perjudicar los intereses de la limpia reputación de un padre de familia”. Nuevamente, Gómez defiende la teoría de una maquinación o intriga cuyo auténtico objetivo es su sustitución del cargo que ocupa.

De vuelta a la actualidad sanitaria de la ciudad, mientras Gómez se presenta como víctima de una trama de oscuros intereses que van más allá de la preocupación del trato de éste a los enfermos bajo su responsabilidad, comentar un triste incidente que tuvo como escenario una huerta junto al río de la Miel, cercana a las agujas del tren: “Se encontraban varios niños al amor de la lumbre, donde había una caldera de agua hirviendo y se infiere que uno de ellos al echar leña al fuego tocó a una piedra que servía de apoyo a la caldera, la cual, falta de sostenimiento se ladeó arrojando el agua que contenía sobre el mismo y dejándole en tan gravísimo estado que falleció a las pocas horas”.

Desgraciadamente, dadas las condiciones de inseguridad en las que se vivía, estos hechos no eran nada extraordinarios. Continuaban con plena normalidad las visitas médicas a los enfermos inscritos al Padrón Municipal de Beneficencia, siendo entre otros los pacientes visitados: “Miguel Sánchez, con domicilio en calle Jerez, 50; Santiago Fernández, domiciliado en calle Anchera, 1; María Calderón, con residencia en Callejón de Escopeteros, 1; Joaquín Morales, con domicilio en el Campo; Antonio Ruiz, domiciliado en calle Nueva, 51; Esteban García, con domicilio en calle Alta, 5 (patio); José Gutiérrez domiciliado en calle Alta, 5 (patio); Diego Baca, con residencia en calle Carretas, 10; María Martínez, con domicilio en calle Gloria, 44; José Moreno, domiciliado en calle Gloria, 59; Vicente Campillo, con residencia en calle Carretas, 37; Juan González, con domicilio en calle Nueva, 39; Antonio Foncubierta, calle Ancha, 4; Mariano Cardoso, domiciliado en calle Jerez, 50; Juan Cruz, con residencia en calle Alta, 19; y Agustín Piñero, también domiciliado en la calle Alta, pero en el número 16”.

Mientras todo esto ocurre, el galeno José Gómez emprende el final de su defensa del modo siguiente: “En merito de lo informado, espero y solicito que el ilustre Ayuntamiento, haciendo recta justicia tendrá por infundadas y mal hechas las exposiciones que han dado á lugar á la formación de este expediente […], pués así procede en merito de justicia. Fdo. Eladio Infante y José Gómez”.

Una vez entregado el escrito de defensa de Gómez, la Alcaldía procedió a notificar a los integrantes de la Junta Local de Sanidad, una pronta reunión para abordar el contenido del expediente aclaratorio, entregando a los alguaciles municipales, las diferentes citaciones para hacerlas llegar a los integrantes de la Junta. Mientras tanto, además del diario cumplimiento con el padrón benéfico, subsistía en la sanidad local, el siempre presente entre los más pobres, problema de la lactancia; ante el cual el Ayuntamiento algecireño, seguía buscando la implicación de las instancias sanitarias provinciales: “Sr. Presidente de la Comisión Permanente de la Excma. Diputación Provincial. Francisca González, casada con Francisco González, jornalero, y de esta vecindad, pobre de solemnidad y enfermo a VE con el respeto debido hace presente: Que tiene una niña de 4 meses de edad y no puede lactarla por carecer de leche retirada a causa de un padecimiento y no teniendo medios para proporcionarle nodriza a su pequeña hija para que la amamante por su extremada pobreza. Suplica: que en virtud de los informes que anticipadamente acompaña esta instancia, dé, si lo tiene a bien, las órdenes oportunas a quién corresponda a fin de que se le facilite un ama de cría á su inocente hija por el Establecimiento de Expósitos de esta Ciudad. Fdo. J.M. de Muro”. En igual circunstancia se encontraba el expediente de la vecina de Algeciras, María García Becerra: “Solicita se le ponga una nodriza que críe a un hijo suyo por su mal estado de salud y pobreza en la cual se encuentra con jurada necesidad y urgencia”. Otro tanto acontecía a Gabriela Molina Heredia: “Solicita le sea puesta una nodriza que ayude a criar á su hijo José por su mal estado de salud y pobreza y en cuyo expediente se encuentra probada la necesidad y urgencia de que se le facilite”. Otro: “Adjunto expediente justificando la pobreza de los cónyuges José García Rubiales y Mercedes Lara Nadal, así como la necesidad de facilitar una nodriza que ayude á esta á lactar á sus hijas gemelas Pilar y Concepción […], salvando de una muerte segura á las indicadas gemelas”. O el caso del algecireño Francisco Cabeza Peral, quién: “Solicita con imperiosidad ordene que por esa Hijuela de Expósitos se le facilite una nodriza que ayude a lactar a una de sus dos hijas gemelas por la imposibilidad en la que se encuentra su esposa Dolores Piñero de amamantarlas, según se acredita en el referido expediente”.

Desafortunadamente, la respuesta desde la capital de la provincia no era dada con la celeridad con la que se solicitaba: “Sírvase V disponer se ponga en conocimiento de Manuel Gago de esa vecindad que por acuerdo de la Comisión Provincial […], le ha sido concedido que su hija Ana sea lactada por cuenta de esa Hijuela de Expósitos en la forma que se practica con los Expósitos. Fecha. Firma. Sr. Alcalde de Algeciras”. En no pocas ocasiones la respuesta llegaba demasiado tarde.

Al mismo tiempo que la Alcaldía algecireña enviaba los expedientes de los solicitantes de nodriza a la Diputación Provincial de Cádiz, en otra dependencia del consistorio y una vez entregadas las oportunas notificaciones, se reunían los miembros de la Junta Local de Sanidad de Algeciras para deliberar sobre el expediente aclaratorio abierto al médico don José Gómez: “...reunidos los Señores que al margen se expresan que forman la Junta Local de Sanidad como vocales de la misma en propiedad […], enterada la Junta y después de detenida discusión, acuerda que encuentra muy razonables y justas las explicaciones del referido Señor Gómez y que deshace por completo los infundados cargos contra él acumulados […] Deshechos los cargos infundados que se hacen al bien reputado médico y convencida y satisfecha esta Junta de sus buenos servicios en su dictamen que No procede la confirmación del expediente incoado contra el referido médico señor Gómez. En este acto el Alcalde-Presidente se abstiene de añadir su voto al unánime parecer de la Junta que queda consignado por tenerlo que emitir particular, que lo hará á continuación. Con lo cual terminar el acto que firman los señores concurrentes que yo como Secretario: Certifico. Firma del Secretario”. A continuación se añade al acta anterior, lo que sigue: “Sin que sea esto prejuzgar la cuestión que se ventila en este expediente que debe ir intacto á la Corporación municipal que esta Alcaldía preside, que de ningún modo puede admitir la inculpación que por parte del Señor Gómez se hace en su escrito de defensa al Ayuntamiento, el cual no ha tenido en este expediente otra parte que la que le correspondía, de acordar su formación en vista de las denuncias presentadas, ni tampoco su presidente que se ha limitado á recibir declaraciones á aquellos que han sido citados; cuando podía haber hecho comparecer á muchos vecinos que tienen quejas del médico titular expresado por faltas en el ejercicio de sus funciones y podría haber traído al expediente el dato oficial de las pocas recetas expedidas por dicho facultativo comparadas con la de sus compañeros –prosiguiendo el documento elaborado “sin ánimo” de prejuzgar–, probando con esto la poca asistencia a los pobres enfermos y siendo esta la causa para que se valgan de otros médicos titulares por descuido y abandono en el desempeño de su cargo. Y hallándose este expediente en estado, remítase al Excmo. Sr. Gobernador Civil de la provincia”.

Tras este duro anexo, previo a la remisión del expediente a instancias superiores, el Ayuntamiento algecireño deja claramente expresada su opinión sobre el asunto. Se desconoce si el Sr. Gómez acudió a los juzgados para salvaguardar su nombre; lo que sí se puede asegurar es que la trascendencia para la carrera del médico puesto en cuestión fue mínima, dado que poco tiempo después, entraría en el nuevo siglo desempeñando la representación médica provincial en nuestra ciudad, como subdelegado de medicina en la Junta Local de Sanidad, manteniendo su domicilio en el número 16 de la calle Alfonso XI. Y en medio de todo el enfrentamiento, la parte más débil: los pobres; los que fueron utilizados para las acusaciones, para la defensa y reproches de unos y de otros; y que de seguro, serían los que pagarían las consecuencias. Siempre pendientes de resoluciones de expedientes mientras, la miseria y el hambre –no sujetas a resoluciones administrativas– no tienen espera.

Valle Inclán, en su obra Águila de Blasón, consuela a la figura del desheredado del modo siguiente: “La promesa al pobre de un resarcimiento ultraterreno de sus actuales penalidades, y la de un futuro castigo al rico que no haya cumplido en vida con su deber de limosna”. Y todo ello con el aval de la terrena bendición; pero ésa es otra historia.

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